SAP Granada 365/2008, 31 de Julio de 2008

PonenteJOSE MALDONADO MARTINEZ
ECLIES:APGR:2008:2596
Número de Recurso185/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución365/2008
Fecha de Resolución31 de Julio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCIÓN QUINTA

ROLLO Nº 185/08 - AUTOS Nº 532/06

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº CINCO DE GRANADA

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS SOCIALES

PONENTE SR. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

S E N T E N C I A N Ú M. 365

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO

MAGISTRADOS

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

D. EDUARDO L. MARTÍNEZ LÓPEZ

En la Ciudad de Granada, a treinta y uno de julio de dos mil ocho.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial constituida con los Ilmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 185/08- los autos de IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS SOCIALES nº 532/06 del Juzgado de Primera Instancia nº CINCO de GRANADA, seguidos en virtud de demanda de

D. Fausto contra "COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000, DE GRANADA".

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha veintiséis de septiembre de dos mil siete, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por

D. Fausto, representado por la Procuradora Sra. Espigares Huete, contra la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 nº NUM000 de la localidad de Granada, representada Procuradora Sra. Bujalance Calderón, se declara la nulidad de pleno derecho del acuerdo tomado por la Junta de Propietarios de la Comunidad demandada, en la asamblea general ordinaria de fecha 29 de junio de 2.006 en cuanto a no permitir que el demandante sufrague los gastos de instalación de los contadores precisos para la individualización del gasto de agua caliente, permitiendo así que al menos él pueda sufragar dicho gasto conforme al consumo real, y dejándose así abierta la posibilidad para que el resto de comuneros se adhieran a dicho sistema cuando así lo estimen oportuno; todo ello con expresa imposición a dicha comunidad demandada de las costas causadas." .

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, al que se opuso la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones. TERCERO .- Que, por este Tribunal, se han observado las formalidades legales en esta alzada.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la presente demanda se impugnó el acuerdo de la Junta de Propietarios de la Comunidad sita en DIRECCION000 numero NUM000 de esta ciudad, tomado en Junta Extraordinaria de Propietarios de 29 de Junio de 2.006, a virtud del cual la Junta negó autorización al hoy actor para instalar los mecanismos para individualizar su consumo de agua caliente, al que podían agregarse los vecinos que lo desearen, siendo así que con anterioridad el consumo de agua caliente se integraba como un concepto más de los gastos comunes o generales.

La sentencia de instancia estimó la demanda, declarando la nulidad del acuerdo, decisión...

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