STSJ Comunidad Valenciana 560/2012, 8 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución560/2012
Fecha08 Mayo 2012

PROCEDIMIENTO ORDINARIO - 001281/2009

N.I.G.: 46250-33-3-2009-0007899

SENTENCIA Nº 560/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 3

Iltmos. Sres:

Presidente

D/Dª JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA

Magistrados

D/Dª ANTONIO LÓPEZ TOMÁS

D/Dª RAFAEL PEREZ NIETO

En VALENCIA a ocho de mayo de dos mil doce.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA, Presidente, don RAFAEL PEREZ NIETO y don ANTONIO LÓPEZ TOMÁS Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 1281/09, en el que han sido partes, como recurrente, la Generalitat Valenciana, representada y defendida por Letrado de su gabinete jurídico, y como demandadas el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR), representado y defendido por el Abogado del Estado, y "El Barco" SL, representada por la Procuradora Sra. Úbeda Solano y defendida por el Letrado Sr. Magraner Moreno. La cuantía es de 47.054'75 euros. Ha sido ponente el Magistrado don ANTONIO LÓPEZ TOMÁS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verifica en escrito mediante el que queda ejercitada su pretensión de que se declare contraria a Derecho la Resolución impugnada del TEAR y, por consiguiente, ajustada la liquidación en dicha resolución anulada.

SEGUNDO

Las representaciones procesales de las partes demandadas formularon escritos de contestación por los que solicitan que se declare la conformidad a Derecho de la Resolución impugnada.

TERCERO

El proceso no se recibió a prueba y los autos quedaron pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 2 de mayo de 2012.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo es la Resolución de 30- 4-2009 del Tribunal Económico Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana (TEAR). Dicha resolución estima la reclamación núm. 12/1857/08 interpuesta por "El Barco" SL y anula la liquidación de 47.054'75 euros a dicha reclamante girada por el concepto del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

La reclamante había otorgado en una escritura pública de 4 de enero de 2008 un préstamo hipotecario con la entidad Banco Español de Crédito SA, escritura en la que expresamente se estipula que la hipoteca constituida nacía compartiendo rango con otra hipoteca sobre la misma finca constituida ante el mismo Notario el 19 de diciembre de 2007 a favor de BANCAJA. La Hacienda Autonómica giró a la reclamante la liquidación "en concepto de igualación de rango" con relación a la escritura mencionada. El TEAR razona su estimación en que -tal como alegaba la reclamante- en el caso contemplado fueron constituidas simultáneamente, por lo que ambas gozarán de la igualdad de rango, fuera cual fuera la primera de las dos que tuviera acceso al Registro de la Propiedad.

La parte recurrente, la Generalitat Valenciana, considera que la operación de igualación de rango que tratamos sí está sujeta al IAJD. Así lo entiende acogiéndose al criterio de que tan solo se daría simultaneidad de rango cuando las cargas se constituyan sobre un mismo título, pero no cuando tratemos de escrituras de hipoteca otorgadas sucesivamente, pues aquí se equipararía el rango de las hipotecas que tendrían rango distinto atendiendo a su...

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