SAP Zaragoza 174/2012, 20 de Junio de 2012

PonenteANTONIO ELOY LOPEZ MILLAN
ECLIES:APZ:2012:1745
Número de Recurso145/2012
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución174/2012
Fecha de Resolución20 de Junio de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00174/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de ZARAGOZA

Domicilio: C/ COSO, 1

Telf: 976 208 367

Fax: 976 208 787

N.I.G.: 50297 43 2 2011 0146535

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000145 /2012

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 5 de ZARAGOZA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000019 /2012 RECURRENTE: Piedad

Procurador/a: MARIA JOSE FERRANDO HERNÁNDEZ

Letrado/a: ANA CALVERA SANCHO

RECURRIDO/A:

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA NÚM. 174/2012

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILMOS. SEÑORES

PRESIDENTE

D. JULIO ARENERE BAYO MAGISTRADOS

D. ANTONIO ELOY LÓPEZ MILLÁN

D. FCO JAVIER CANTERO ARÍZTEGUI

En Zaragoza, a veinte de junio de dos mil doce.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias núm. 19/2012, procedentes del Juzgado de lo Penal número 5 de Zaragoza, Rollo de Apelación núm. 145/2012, seguidas por Falta de lesiones en agresión, contra Piedad, con D.N.I. nº NUM000, nacida el NUM001 -1988, hija de Francisco Javier y María José, natural de Valencia, de solvencia no acreditada, con antecedentes penales; representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María José Ferrando Hernández y defendida por la Letrada Ana Calvera Sancho. Siendo parte acusadora el MINISTERIO FISCAL y Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO ELOY LÓPEZ MILLÁN, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los citados autos recayó sentencia con fecha 26-4-2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que debo condenar y condeno a la acusada, Piedad, como autora penalmente responsable de una falta de lesiones en agresión del art. 617.1 del CP, ya definida, concurriendo la agravante de reincidencia del art. 22.8 del CP, a la pena de MULTA DE CUARENTA DIAS CON UNA CUOTA DIARIA DE DOS EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del CP . Y le condeno asimismo al pago de las costas procesales causadas en esta instancia, limitadas al ámbito del Juicio de Faltas.

Se hace expresa reserva de acciones civiles a favor del perjudicado lesionado Jose Miguel . Procédase a dejar sin efecto la medida cautelar de prohibición de acercamiento y comunicación dictada por el Juzgado instructor, en su caso, y en lo que se refiera únicamente a esta misma causa".

SEGUNDO

La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: "HECHOS PROBADOS: 1º.- Ha resultado probado, y así se declara, que sobre las 20 horas del día 4 de Noviembre de 2011, la acusada, Piedad, mayor de edad y con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia (consta ejecutoriamente condenada por Sentencia de fecha 26 de julio de 2011 por delito de lesiones y malos tratos en el ámbito familiar), encontrándose en la Hermandad del Santo Refugio, guardando fila para cenar, junto con su compañero Jose Miguel, en un momento dado agarró por el cuello a Jose Miguel, clavándole las uñas, por motivos que se desconocen, y le levantó el brazo con intención de darle un puñetazo impidiéndoselo una dotación de la policía local que prestaba servicio en dicho lugar.

  1. - Como resultado de dicha agresión, Jose Miguel resultó con erosiones lineales en el lado derecho del cuello, que necesitaron de una primera asistencia con dos días de curación no impeditivos, no habiendo declarado en ningún momento en la causa al resultar infructuosas todas las gestiones...

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