STSJ Comunidad Valenciana 4154/2007, 28 de Diciembre de 2007

PonenteANTONIO VICENTE COTS DIAZ
ECLIES:TSJCV:2007:6876
Número de Recurso4371/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución4154/2007
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2007
EmisorSala de lo Social

4154/2007

5

Recurso c/s nº 4371/06

Recurso contra Sentencia núm. 4371/06

Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª. María Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a veintiocho de diciembre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4154/2007

En el Recurso de Suplicación núm. 4371/06, interpuesto contra la sentencia de fecha 7 de diciembre de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Valencia, en los autos núm. 10538/04, seguidos sobre reintegro prestaciones desempleo, a instancia del SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (ANTES INEM), contra la empresa JUAN OLASO, S.A., asistida por la Letrada Dª. Blanca Royo Ballesteros y la trabajadora Dª. Sandra, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 7 de diciembre de 2005, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Se desestima la demanda formulada por el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL contra la empresa JUAN OLASO, S.A., y contra la trabajadora codemandada, Sandra, absolviendo a las referidas demandadas de los pedimentos que en la misma se contienen".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1.- En el período comprendido entre el 06-11-1999 y el 31-03-2003, las codemandadas, JUAN OLASO S.A., dedicada a la actividad de almacén de cítricos, y la trabajadora Sandra, han estado vinculadas por una serie de contratos de duración determinada, que se alternaban con la perce3pción de prestaciones por desempleo, habiendo solicitado la trabajadora, en fecha 10-05-2004, a la finalización del último contrato temporal (que suscrito el 08-10-2003 con duración hasta el 28-02-2004 se prorrogó hasta el 30-04-2004), prestación por desempleo de nivel contributivo que le fue reconocida por resolución de fecha 18- 05-2004 con fecha de inicio 01-05-2004, duración de 180 días y base reguladora diaria de 30,54 euros. 2.- En los cuatro años inmediatamente anteriores a la solicitud de la prestación anteriormente indicada la empresa y la trabajadora han estado vinculadas por los siguientes contratos: 1º. Contrato de trabajo de duración determinada, por acumulación de tareas y a tiempo completo suscrito el 06-11-1999, con duración desde esa fecha y hasta el 31-03-2000, cesando por fin de contrato. Al finalizar ese primer contrato la trabajadora solicitó, el 14-04-2000, prestación por desempleo, que le fue reconocida con duración de 660 días y base reguladora diaria de 62,81 euros, y que percibió hasta el 24-09-2000 en que causó baja por colocación en la misma empresa. El importe de esa prestación abonada por el INEM ascendió a un total de 4.397,11 euros, en concepto de prestación, más 1.858,89 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social. 2º. Contrato de trabajo de duración determinada, por acumulación de tareas y a tiempo completo desde el 25-09-2000 y hasta el 20-03-2001. Al finalizar este contrato la trabajadora solicitó, el 02-04-2001, reanudación de la prestación por desempleo, que le fue reconocida con fecha de inicio 21-03-2001 y que percibió hasta el 30-09-2001 en que causó baja por colocación en la misma empresa. El importe de esta prestación abonada por el INEM ascendió a un total de 4.106,85 euros, en concepto de prestación, más 2.029,82 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social. 3. Contrato de trabajo de duración determinada, por circunstancias de la producción desde el 01-10-2001 y hasta el 28-02-2002, en que cesó por expiración del tiempo convenido. Tras finalizar este contrato la trabajadora solicitó, el 14- 03-2002, reanudación de la prestación por desempleo, que le fue reconocida con fecha de inicio 01-03-2002 y que percibió hasta el 30-09-2002, en que causó baja por colocación en la misma empresa. El importe de esta prestación abonada por el INEM ascendió a un total de 4.515 euros, en concepto de prestación, más 2.243,48 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social. 4º. Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, (eventual por circunstancias de la producción) desde el 01-10-2002 y hasta el 31-03-2003, en que cesó por...

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