STSJ Andalucía 1587/2012, 17 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1587/2012
Fecha17 Mayo 2012

Recurso.- 2032/11(L), sent. 1587/12

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO, Presidente

Dª. MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a diecisiete de mayo de dos mil doce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1587 /12

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Penélope, representada por el Sr. Letrado D. Rafael Paez Merino, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Jerez de la Frontera en sus autos núm. 377/10; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, la recurrente fue demandante contra la EMPRESA PÚBLICA DEL SUELO DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, en demanda de despido, se celebró el juicio y el 30 de diciembre de dos mil diez se dictó sentencia por el referido Juzgado, desestimando la pretensión.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- DÑA. Penélope ha prestado sus servicios para los Organismos demandados, con antigüedad de 9-2-09, categoría profesional de "Administrativa", con una retribución íntegra mensual de

1.800,00 # (diaria de 60 #). EPSA confeccionaba las facturas, que incluía la parte correspondiente al I.V.A. y al I.R.P.F., y abonaba las cantidades pactadas a la actora, normalmente de forma bimensual, aunque no siempre. No consta que la actora figurara dada de alta en la Agencia Tributaria en Actividades Económicas.

SEGUNDO

La actora ha formalizado con las codemandadas los siguientes Contratos, denominados Administrativos menores de Consultaría y Asistencia Técnica, estando dada de alta en el RETA, para "realizar tareas de gestión administrativa y archivo así como la materialización de documentos, informes, apoyo al personal técnico de la oficina y seguimiento de los indicadores necesarios para el buen funcionamiento de la oficina (O.T.A.U.)" con la EMPRESA PUBLICA DEL SUELO DE ANDALUCÍA (EPSA): - Un primer contrato por periodo de seis meses con destino en la oficina territorial de la OTAU en Arcos de la Frontera (Cádiz) en el periodo de 9-2-09 a 9- 08-09.

- Un segundo Contrato por periodo de diez meses con destino en las oficinas territoriales de la OTAU de la provincia de Cádiz en el periodo de 10-08-09 a 10-06-10.

TERCERO

En la oficina de la OTAU de Arcos de la Frontera prestaba servicios el Responsable de la Oficina D Abel desde febrero a agosto del 2009, sin constar quien le sustituyó después. Además prestaban servicios en Octubre 09 la Geógrafa Alejandra, y Belarmino, el Ingeniero Técnico de Obras Publicas, que fueron cesados el 31-3-010 La actora trabajaba como administrativa. Desde 31-3-10 la actora siguió en la Oficina sin ningún responsable.

CUARTO

Con fecha 23-12-08 se inició actuación por la Inspección de Trabajo y S.S. en las OTAU de la Provincia de Cádiz, entre ellas en la de Arcos de la Frontera. Posteriormente se produce una nueva actuación que se materializa con las visitas del día 6 de Octubre de 2009, que en la OTAU de Arcos de la Frontera se realiza a las 11:00 h de dicho día, figurando como empresa la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio (actualmente Consejería de O.P. y Transportes)

Como consecuencia de dichas actuaciones se dicta Resolución por la T.G.S.S. de fecha 17-02-10 en la resuelve tramitar el Alta de Oficio de la actora en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadora por cuenta ajena, con posterior devolución a ésta de las cuotas ingresadas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

La actora aparece en alta en la Base de datos de la Seguridad Social, con efectos de 9-2-09, figurando como empresa "JUNTA DE ANDALUCÍA" y continúa en alta en la actualidad.

Con fecha 03-03-10 la Inspección formula Acta de Liquidación de Cuotas del Régimen General de la seguridad Social por las cuotas de las personas que prestaban servicios en las citadas OTAU de la Provincia de Cádiz por el período de Julio/2007 a Diciembre/2009, por un importe total de 387.549,81 #, ya que las mismas figuraban de alta en el RETA, entre ellas la actora. Dicha resolución ha sido impugnada en vía administrativa por la Consej ería y se encuentra suspendida al haberse alegado por la misma la inexistencia de relación laboral. Tras posterior demanda de oficio de la Inspección turnada al Juzgado de lo Social no. 1 de Cádiz a fin de enjuiciar la existencia de relación laboral se ha dictado resolución archivando la demanda.

QUINTO

Con fecha 18 de marzo de 2010 la actora y otras personas que prestaban servicios en otras OTAU de la Provincia de Cádiz, fueron citadas en la Delegación provincial y se les comunicó que los contratos formalizados no serían renovados.

A partir de Marzo de 2010 a la actora dejó de dársele trabajo administrativo quedando sin ocupación efectiva, ya que los dos coordinadores regionales y el resto del personal de la Oficina de Arcos, incluida la responsable de la misma, fueron cesados el 31-03-10, pese a lo cual la actora continuó asistiendo diariamente a la Oficina.

SEXTO

Con fecha salida 2 de Junio de 2010 la E.P.S.A. remitió a la actora carta con el siguiente contenido: «Con relación a su contrato de servicios, suscrito con fecha 10/08/2009, y con objeto de que nos remita la última factura, le recordamos que el plazo de ejecución previsto en el referido contrato finaliza el día 10/06/2010 .

Agradeciendo los servicios profesionales que nos ha prestado durante este tiempo».

SÉPTIMO

A la vista del cese del resto del personal de la oficina y ante la falta de ocupación efectiva la actora formuló, con fecha 26-04-10, Reclamación previa ante la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio y ante la EPSA que le fue contestada desestimatoriamente por la EPSA en escrito de 20-04-10.

OCTAVO

La actora no ostenta, ni ha ostentado en el año anterior a la extinción de su contrato, cargo de representación legal o sindical de los trabajadores.

NOVENO

La actora durante el periodo contratado ha realizado tareas de naturaleza exclusivamente administrativa.

DECIMO

La jornada de trabajo de la actora, establecida por la Dirección General de Urbanismo, era de 8:00 h a 15:00 h, o de 8:00 h a 14:30 h en verano, coincidiendo con el horario de apertura de la oficina a los usuarios (Ayuntamientos de la Sierra de Cádiz).

UNDECIMO

El responsable de la OTAU de Arcos de la Frontera realizaba un Cuadrante de las vacaciones del personal de la misma que remitía a su Coordinador/a Territorial, habiéndose puesto de acuerdo los trabajadores de la Oficina para que esta no quedara desatendida ni cerrada a los usuarios. En el periodo de vacaciones se cobraba por la actora la misma cantidad en la factura que en otros meses.

DUODECIMO

El control de la planificación y resultado de los trabajos desarrollados por la OTAU de Arcos de la Frontera y el del personal de las mismas, así como el del resto de Oficinas en Andalucía, se controlaba inicialmente por Dª. Estela contratada a su vez como Coordinadora Territorial para toda Andalucía. posteriormente se dividió en dos la coordinación territorial nombrándose Coordinador para Andalucía Occidental a D. Fulgencio y permaneciendo Dª. Estela para la Oriental, aunque ambos se complementaban en caso de necesidad. Ambos coordinadores tenían su sede fija en Sevilla en la Dirección General de Urbanismo de la Consejería, sin perjuicio de desplazarse en muchas ocasiones para supervisar las OTAU.

Las instrucciones y órdenes para el personal de las OTAU se remitían por correo electrónico por dichos Coordinadores, que se identificaban al final de la misma con su cargo, nombre y apellidos y la Dirección General de Urbanismo de la CVOT, así como teléfonos de contacto. Todo el personal tiene acceso desde sus ordenadores de mesa al correo electrónico de la Junta de Andalucía y puede consultar las instrucciones y órdenes recibidas.

EPSA no ha tenido relación alguna con el contenido, planificación y desarrollo de la actividad realizada por la OTAU, ni ha emitido órdenes o instrucciones, que se llevaban a cabo por la Dirección General de Urbanismo de la Consejería.

DECIMOTERCERO

Desde cada OTAU se remiten informes mensuales al Coordinador/a regional donde se informaba de la planificación y desarrollo de los trabajos de la oficina, actas de las reuniones mantenidas con el Ayuntamiento, situación del personal, relación de desplazamientos para el abono de dietas, incidencias, etc.

DECIMOCUARTO

En la puerta de la Oficina existía un rotulo con gran tamaño con la identificación "JUNTA DE ANDALUCÍA; CONSEJERÍA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE; Oficina Territorial de Asesoramiento Urbanístico de la Sierra de Cádiz

DECIMOQUINTO

Por la Consejería de Obras Públicas y Transportes, posteriormente denominada Vivienda y Ordenación del Territorio (actual Consejería de Obras Públicas y Vivienda), se crearon las...

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