ATS, 28 de Marzo de 2006

PonenteCLEMENTE AUGER LIÑAN
ECLIES:TS:2006:6629A
Número de Recurso3584/2001
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2006
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Marzo de dos mil seis. I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la entidad "PREFABRICACIONES Y CONTRATAS, S.A." se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada con fecha 15 de junio de 2001 por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección 3ª ) en el rollo de apelación nº 444/99, dimanante de los autos del juicio de menor cuantía nº 383/94, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Guecho .

  2. - Mediante Providencia de fecha 18 de septiembre de 2001 la Audiencia tuvo por preparado el recurso de casación, y una vez interpuesto, por ulterior Providencia de 11 de octubre de 2001 acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, habiéndose notificado la misma a los Procuradores de las partes personadas en la apelación.

  3. - Se han personado en el presente rollo de casación la Procuradora Dª Magdalena Maestre Cavanna, en nombre y representación de Jesús Ángel y Imanol, en concepto de parte recurrida, y el Procurador

    D. José Manuel de Dorremochea Aramburu, en nombre y representación de D. Miguel Ángel, también en concepto de parte recurrida, sin que se hayan personado la parte recurrente y el resto de partes recurridas.

  4. - Por esta Sala se han dictado Providencias de 5 de julio y 8 de noviembre de 2005, con el fin de acreditar el traslado previo de copia del escrito de preparación del recurso de casación a las partes recurridas personadas, o el modo en que se efectuaba el traslado de copias, resultando por certificación de la Secretaría de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Vizcaya que en la misma los traslados no se efectuaban en la forma prevista en la nueva LEC, habiéndose notificado la Providencia de 11 de octubre de 2001, antes reseñada, por la que se ordena la entrega de copias a las demás partes personadas.

  5. - Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Clemente Auger Liñán, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "PREFABRICACIONES Y CONTRATAS, S.A.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "PREFABRICACIONES Y CONTRATAS, S.A.", contra la Sentencia dictada con fecha 15 de junio de 2001 por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección 3ª ) en el rollo de apelación nº 444/99, dimanante de los autos del juicio de menor cuantía nº 383/94, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Guecho .

  2. - Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que, en el plazo de VEINTE DÍAS, formalicen su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que como Secretario, certifico.

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