ATS, 28 de Marzo de 2006
Ponente | JUAN ANTONIO XIOL RIOS |
ECLI | ES:TS:2006:6556A |
Número de Recurso | 4178/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2006 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintiocho de Marzo de dos mil seis.
-
- La representación procesal de Dª. Lucía, Dª. Begoña y D. Miguel, presentó el día 12 de diciembre de 2001 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 27 de septiembre de 2001, por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección Tercera), en el rollo de apelación nº 109/2001, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 123/99 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Castellón (antes nº 8 de Primera Instancia ).
-
- Mediante Providencia de 13 de diciembre de 2001 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 20 de diciembre de 2001.
-
- La Procuradora Dª. Paloma Ortiz Cañavate Levenfeld, en nombre y representación de Dª. Lucía
, Dª. Begoña y D. Miguel, presentó escrito ante esta Sala el día 11 de octubre de 2004, personándose en concepto de parte recurrente. El Procurador D. Luis Pulgar Arroyo, en nombre y representación de D. Guillermo, presentó escrito ante esta Sala el día 9 de enero de 2002, personándose en concepto de parte recurrida. La Procuradora Dª. Esther Rodríguez Pérez, en nombre y representación de "LUIS BATALLA, S.A.", presentó escrito ante esta Sala el día 9 de enero de 2002, personándose en calidad de parte recurrida. La Procuradora Dª. María Luisa López Puigcerver Portillo, en nombre y representación de D. Juan Miguel, presentó escrito ante esta Sala el día 21 de enero de 2002, personándose en concepto de parte recurrida. La parte recurrida, "CONSTRUCCIONES LIDÓN, S.A." (CONSLISA), no ha comparecido ante esta Sala.
-
- Por Providencia de fecha 20 de diciembre de 2005 se pusieron de manifiesto las posibles causas de inadmisión del recurso, a las partes personadas.
-
- Mediante escrito presentado el día 10 de enero de 2006 la parte recurrente reiteró la solicitud de desistimiento interesada en el escrito presentado con fecha 11 de octubre de 2004.
HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Juan Antonio Xiol Ríos
UNICO.- Contempla el art. 450.1 LEC 2000 la facultad de desistimiento del recurso antes de que sobre él recaiga resolución, por lo que al haberse manifestado la intención del recurrente de apartarse del medio de impugnación interpuesto, contando su Procurador con facultad al respecto en su poder, procede acceder a los solicitado, sin necesidad de resolver acerca de la admisibilidad del recurso de casación, con la subsiguiente declaración de firmeza de la Sentencia; todo ello sin que se deba efectuar especial pronunciamiento sobre costas, al no existir expresa previsión legal de criterio objetivo en cuanto al desistimiento de los recursos, a diferencia de la regulación sí contenida en el art. 396 de la LEC 2000 para el supuesto del desistimiento de la demanda.
TENER POR DESISTIDOS a Dª. Lucía, Dª. Begoña y D. Miguel, representados por la Procuradora Dª. Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld, en el recurso de casación interpuesto contra la Sentencia dictada, con fecha 27 de septiembre de 2001, por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección Tercera), en el rollo de apelación nº 109/2001, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 123/99 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Castellón (antes nº 8 de Primera Instancia ), declarando firme dicha resolución, devolviéndose las actuaciones al órgano de procedencia, junto con testimonio del presente Auto.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario, certifico.