ATS, 22 de Mayo de 2007

PonenteROMAN GARCIA VARELA
ECLIES:TS:2007:8028A
Número de Recurso979/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2007
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Mayo de dos mil siete. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª. Mariana y Dª. Gabriela, presentó el día 15 de marzo de 2002, escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada con fecha 3 de septiembre de 2001, por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección Tercera), en el rollo de apelación nº 91/99, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 245/1996 del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Castellón.

  2. - Mediante Providencia de 18 de marzo de 2002 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 27 de marzo siguiente.

  3. - El Procurador D. Isacio Calleja García, en nombre y representación de "FUNDACIÓN BALAGUER GONEL HERMANOS", presentó escrito ante esta Sala el día 10 de abril de 2002, personándose en concepto de recurrido, haciendo lo propio, en fecha 17 de marzo de 2003, el Procurador D. Alejandro González Salinas, en nombre y representación de Dª. Mariana y Dª. Gabriela, en concepto de recurrente.

  4. - Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Román García Varela, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª. Mariana y Dª. Gabriela, al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, de la LEC 1/2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª. Mariana y Dª. Gabriela, contra la Sentencia dictada, con fecha 3 de septiembre de 2001, por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección Tercera), en el rollo de apelación nº 91/99, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 245/1996 del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Castellón.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que como Secretario, certifico.

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