SAP Alicante 122/2012, 1 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución122/2012
Fecha01 Marzo 2012

Rollo de apelación nº 11/12

Juzgado de Primera Instancia nº 3 Denia

Autos nº 1403/09

Cuantía: 603'45 #

S E N T E N C I A Nº 122/12

En la Ciudad de Alicante, a uno de Marzo de dos mil doce.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 11-12 los autos de juicio verbal nº 1403-09 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Denia en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandante ALUTEULADA S.L. que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado por la Procuradora Dª Alicia Carratalá Baeza y defendidos por la Letrada Dª Aurora Pons Puchol y siendo apelada la parte demandada ALLIANZ Cia de SEGUROS y REASEGUROS representada por la Procuradora Dña. Cristina Escribano Sánchez y defendidos por la Letrada Dª Mª Isabel Solana Parreño.

ANTECEDENTES DE HECHOS.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Denia y en los autos de Juicio Verbal nº 1403-09 en fecha 13-5-11 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.-Desestimo la demanda formulada por el procurador D. Miguel Llobell Perles, en nombre y representación de la mercantil Aluteulada, S.L., contra Mauro Dorqui Zaragoza S.L. y la aseguradora Allianz, S.A., absolviendo a los demandados de todos los pedimentos contra ellos planteados y con expresa imposición de las costas de este juicio a la parte demandante".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte demandante siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con traslado del mismo a la parte demandada por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 11-12.

Tercero

En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª Encarnación Caturla Juan.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Frente a la sentencia de instancia que desestimó las pretensiones de la mercantil demandante consistentes en la reclamación de la suma de 603'45 # en concepto de gastos por el alquiler de un vehículo de sustitución durante el tiempo en que el siniestrado precisó para ser reparado, fundando su pretensión en la responsabilidad extracontractual por daños derivados de accidente de circulación acaecido el día 22 de septiembre de 2008; se alza en apelación la parte demandante alegando error en la valoración de la prueba practicada. La sentencia que ahora se recurre desestimó las pretensiones del ahora apelante, por no haber acreditado el demandante la necesidad de alquilar un vehículo en sustitución del dañado y ni siquiera alegar las razones o motivos de la necesidad. Sin embargo al entender de la apelante basta con que se acredite el gasto, esto es, que se alquiló un vehículo, para entenderse acreditado el daño. Pretensión ésta a la que se opone la Aseguradora demandada, en los términos que obran en su escrito de oposición al recurso que damos por reproducido. Y en el que si bien se hace constar en su suplico "que se practique la prueba interesada", en la medida en que no se ha propuesto prueba alguna, no resulta procedente atender a tal solicitud, considerando que se trata de un mero error material.

Segundo

En el presente caso, se centra la cuestión objeto de esta alzada exclusivamente en torno a los daños que se reclaman por alquiler de un coche de sustitución durante el tiempo que el siniestrado estuvo paralizado por reparación; no siendo objeto de discusión ni la responsabilidad del siniestro, ni el daño del...

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