STSJ Comunidad de Madrid 1468/2007, 14 de Diciembre de 2007

PonenteMARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2007:20038
Número de Recurso1342/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1468/2007
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 01468/2007

Proc. Sra. Moline López

Proc. Sr. Granados Bravo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

RECURSO Nº 1342 de 2003

PONENTE Sra. Mª Rosario Ornosa Fernández

S E N T E N C I A Nº 1468

Presidente Ilmo. Sr.

D. Alfonso Sabán Godoy

Magistrados Ilmos. Sres.

Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín.

Dª. Fátima de la Cruz Mera

En Madrid a catorce de diciembre de dos mil siete

Visto por la Sala del margen el recurso nº 1342/03 interpuesto por la Procurador Sra. Moline López en nombre y representación de de D. Juan Carlos y otros contra el Decreto de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid de 10 de marzo de 2003. Habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Proc. Sr. Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 13 de diciembre de 2007 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a Sr./a. D./ Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna a través de este recurso por los actores, D. Juan Carlos y otros, herederos de Dª Antonieta, el Decreto de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid de 10 de marzo de 2003 que desestimó la solicitud de reversión efectuada por los mismos sobre la parcela NUM000, hoy finca registral NUM001 del Registro de la Propiedad nº 9 de Madrid expropiada en su día a Dª Antonieta para el Proyecto expropiatorio "Poblado C de Carabanchel".

La parte actora en su demanda sostiene la viabilidad de la reversión dado que entiende que no se ha cumplido la finalidad de la expropiación que era ceder el terreno expropiado al Ministerio de Trabajo para la construcción de la Universidad Laboral ya que en lugar de ello se han construido pisos en los terrenos expropiados que han sido vendidos a terceras personas sin ninguna vinculación con el organismo expropiante. Solicitó, en consecuencia, que se la indemnizase en el valor de finca que fijó provisionalmente en 760.091,24 €.

La defensa d el Ayuntamiento de Madrid, en la contestación a la demanda, niega la viabilidad de la reversión ya que entiende que existió una afectación genérica y no personalizada del uso o destino de las diferentes parcelas que fueron expropiadas para obtener patrimonio municipal de suelo creando solares edificables que pudieran ser ofrecidos en venta al vecindario y con ello coadyuvar a la realización del plan de urgencia social de la construcción de 60.000 viviendas.

SEGUNDO

El examen del expediente expropiatorio permite establecer como probados los siguientes hechos:

- En la Memoria del Proyecto de Expropiaciones para el Polígono del Poblado C de Carabanchel Alto de marzo de 1958, elaborada por la Dirección de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, se especifica que: "...urge de modo excepcionalmente apremiable su tramitación rápida...en cuanto a la disposición de terrenos urbanizados para un total de 1.200 viviendas del Plan de Urgencia Social de Madrid, entre las cuales podrán incluirse las 800 viviendas proyectadas para el Montepío de Funcionarios Municipales.

En dicha Memoria se describen las características del Proyecto y sus linderos estableciéndose que el mismo tendrá una superficie total de 1.279.486 metros cuadrados.

- El 28 de marzo de 1958 se solicitó por las Comisiones de Hacienda y Fomento del Ayuntamiento de Madrid al Pleno del mismo la...

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