SAP Madrid 87/2008, 8 de Febrero de 2008
Ponente | MARIA JESUS ALIA RAMOS |
ECLI | ES:APM:2008:1532 |
Número de Recurso | 569/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 87/2008 |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª |
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00087/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 12ª
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN Nº 569/2006
PROCEDENCIA: JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 69 DE MADRID
JUICIO ORDINARIO 910/02
DEMANDANTE/APELADO: DON Emilio
PROCURADOR/A: DON JUAN TORRECILLA JIMENEZ
DEMANDADO/APELANTE: JOCA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES
PROCURADOR/A: DON RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ
DEMANDADO/APELANTE: DON Jose Ramón
PROCURADOR/A: DON JESUS VERDASCO TRIGUERO
DEMANDADOS/APELANTES: DON Darío, DON
Sergio
PROCURADOR/A: DON JOSE PEDRO VILA RODRIGUEZ
DEMANDADO/APELANTE: DON Benito
PROCURADOR/A: DOÑA Mª JESUS PINTADO DE OYAGÜE
PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS
SENTENCIA Nº 87
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSE VICENTE ZAPATER FERRER
Mª JESÚS ALÍA RAMOS
FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO
En MADRID, a ocho de febrero de dos mil ocho.
La Sección 12 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 910/2002 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 69 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante Darío, Sergio, representada por el Procurador DON JOSE PEDRO VILA RODRIGUEZ, Jose Ramón, representada por el Procurador DON JESUS VERDASCO TRIGUERO, Benito, representada por la Procuradora DOÑA Mª JESÚS PINTADO DE OYAGÜE y JOCA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES, S.A., representada por el Procurador DON RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ, y de otra, como apelado Emilio, representada por el Procurador DON JUAN TORRECILLA JIMENEZ, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 69 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 13 de Marzo de 2006, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Juan Torrecilla Jiménez, en nombre y representación de D. Emilio, contra Joca Ingeniería y Construcciones, S.A., representada por el Procurador Sr. Ramiro Reynolds Martínez, D. Darío y D. Sergio, representados por el Procurador Sr. José Pedro Vila Rodríguez, D. Jose Ramón, representado por el Procurador Sr. Jesús Verdasco Triguero y, D. Benito, representado por la Procuradora Sra. Mª Jesús Pintado Oyagúe, procede hacer los siguientes pronunciamientos: 1º) Que debo condenar y condeno de forma solidaria a todos los codemandados a realizar a su costa en la vivienda unifamiliar propiedad del actor, sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000 de la Urbanización DIRECCION001, en el término municipal de Villaviciosa de Odón (Madrid), todos los trabajos que sean precisos para, de acuerdo con la normativa vigente y la buena práctica constructiva subsanar los vicios y deficiencias que presenta la red de saneamiento y que se describen en el informe elaborado por el perito judicial, con exclusión de la deficiencia de falta de pendiente en el último tramo de las arquetas situadas en el sótano, y a reponer, también a su costa, todos los materiales y elementos de la vivienda que pudieran resultar dañados como consecuencia de la ejecución de las obras de reparación 2º) Que debo condenar y condeno a la codemandada Joca Ingeniería y Construcciones, S.A. a realizar a su costa en la vivienda unifamiliar propiedad del actor, sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000 de Villaviciosa de Odón (Madrid) todos los trabajos que sean precisos para, de acuerdo con la normativa vigente y la buena práctica constructiva, subsanar el resto de las deficiencias que presenta la misma que se describen en el informe elaborado por el perito judicial y que han quedado detalladas en los apartados 2º), 6º), 7º) y 9º) del fundamento de derecho tercero de la presente resolución, y a reponer, también a su costa, todos los materiales y elementos de la vivienda que pudieran resultar dañados como consecuencia de la ejecución de las obras de reparación. 3º) Que debo absolver y absuelvo a los codemandados del resto de las pretensiones deducidas en su contra, sin hacer especial pronunciamiento en costas.". Notificada dicha resolución a las partes, por Darío, Sergio, Jose Ramón, Benito JOCA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES, S.A. se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que IMPUGNA. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 30 de Enero de 2008, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª JESÚS ALÍA RAMOS.
Don Emilio, como propietario -mediante escritura pública de adjudicación otorgada el 21 de marzo de 2001- de la vivienda unifamiliar situada en la calle DIRECCION000 nº NUM000 de Villaviciosa de Odón, la cual forma parte del conjunto residencial promovido por la Cooperativa Valle del Jerte (Fase VIII), el día 11 de octubre de 2002 presentó demanda de juicio ordinario contra JOCA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES, S.A. -la constructora-, don Darío y don Sergio -arquitectos proyectistas y directores de la obra-, y, don Jose Ramón y don Benito -aparejadores-, por la que ejercita con carácter principal la acción de...
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SAP Madrid 58/2013, 31 de Enero de 2013
...exclusión de la falta de pendiente en el último tramo de las arquetas situadas en el sótano; extremo confirmado por la SAP de Madrid, Secc. 12.ª, de 8 de febrero de 2008 ; - La SJPI núm. 36 de Madrid de 19 de octubre de 2004, relativa a la vivienda sita en el núm. NUM024 de la CALLE002 en V......