SAP Alicante 292/2007, 18 de Mayo de 2007

PonenteMARIA CRISTINA TRASCASA BLANCO
ECLIES:APA:2007:3287
Número de Recurso131/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución292/2007
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

ALICANTE

PLAZA DEL AYUNTAMIENTO Nº4

Tfno: 965935965-7

Fax: 965935980

NIG: 03014-37-1-2007-0002616

Procedimiento: Rollo apelación sentencia procedimiento abreviado Nº 000131/2007- -

Dimana del Juicio Oral Nº 000028/2007

Del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 3 DE ALICANTE

Instructor Instrucción nº uno de Alicante

SENTENCIA Nº 000292/2007

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

JOSE DANIEL MIRA PERCEVAL VERDU

Magistrados/as

M. DOLORES OJEDA DOMINGUEZ

CRISTINA TRASCASA BLANCO

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En Alicante, a dieciocho de mayo de dos mil siete.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia núm. 61/07, de fecha 7 de febrero de 2007, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. tres de Alicante, en su Juicio Oral núm. 28/07, correspondiente al Procedimiento Abreviado núm. 111/06 del Juzgado de Instrucción de Elda nº uno, por delitos de ROBO CON VIOLENCIA Y LESIONES; habiendo actuado como parte apelante Jose Carlos, representado por el Procurador D. Pedro Montes Torregrosa y defendido por el Letrado D. Francisco Galiana Botella; y como partes apeladas VICTORIA MERIDIONAL, representada por el Procurador D. Carlos Roger Belli y defendida por el Letrado D. Javier Payá Sagredo; SEGUROS SANTA LUCÍA, S.A., representada por el Procurador D. Fernando Fernández Arroyo y dirigida por el Letrado D. Vicente José García Gil; y el MINISTERIO FISCAL.

I - ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: "Primero.- Sobre las 20,30 y 20,45 horas del día 19/03/06, el acusado, Jose Carlos, mayor de edad, de nacionalidad rumana y sin antecedentes penales, entró en la portería del edificio sito en la c/ DIRECCION000, NUM000 de Elda al mismo tiempo que lo hacía una de sus propietarias, Marí Jose, al llegar al primer rellano de la escalera le propinó un fuerte puñetazo perdiendo el sentido, causándole lesiones consistentes en traumatismo craneoencefálico, herida inciso contuso en labio superior izquierdo, hematoma supraciliar derecho, hematoma mandibular derecho y hematoma periobicular bilateral, que requirieron para su curación, sutura con seda, curas locales diarias, tratamiento farmacológico y reposo, tardando en curar 21 días, siendo 10 de ellos impeditivos, con secuelas de cicatrices de 2 cm en comisura de labio izquierdo y supraciliar izquierda de 2 cm. El acusado le sustrajo el bolso con todos sus efectos y el reloj, tasados en 541,76€ de los que la Aseguradora Santa Lucia le indemnizó en 176,00€. Se ocasionaron gastos por asistencia médica de 99,04€. Segundo.- El día 21/03/06, sobre las 20,30 horas, en la finca sita en la c/ DIRECCION001 NUM001 de Elda, el acusado pidió a Mariano, vecino del inmueble, que venía de sacar dinero del cajero de la CAM, que le abriera la puerta, que él era también un vecino de la finca, cuando entró le exigió que le diera todo lo que llevaba y al resistirse le agredió dándole puñetazos y patadas, causándole lesiones consistentes en heridas inciso contusas en región mandibular izquierda y herida contusa en labio inferior, que requirieron para su curación, sutura con seda y tratamiento farmacológico, tardando en curar 10 días, siendo 3 de ellos impeditivos, con secuelas de cicatrices en madíbula inferior izquierda de 2 cm y en mucosa de labio inferior de 1,5 cm, con perjuicio estético muy leve. El acusado le sustrajo la cartera con todos sus efectos, un reloj, una cámara fotográfica, una cadena de oro y una bolsa con alimentos y huyó con un vehículo ocupado por otros dos individuos. Los objetos sustraídos han sido tasados en 952,66€, habiendo sido indemnizado, el perjudicado, en la suma de 600€ por la Aseguradora Victoria Meridional. Tercero.- El 24/03/06, sobre las 20,15 horas el acusado dentro del portal del inmueble sito en la C/ DIRECCION002 nº NUM001, abordó y golpeó en la cara a Diego, que venía del supermercado, causándole lesiones consistentes en hematoma mandibular y traumatismo nasal y facial, requiriendo para su curación una primera asistencia facultativa, tardando en curar 10 días, de ellos 3 impeditivos, sustrayéndole dinero en metálico, 210€, una alianza y una sortija de oro con tres brillantes. El perjudicado recuperó las joyas sustraídas, no así el dinero, y se ocasionaron gastos médicos por asistencia de 99,04€. Cuarto.- El día 1/04/06, sobre las 21,30 horas el acusado entró al mismo tiempo que lo hacía Milagros en la finca sita en la C/ DIRECCION003 NUM002 de Elda, una vez en el ascensor, le golpeó, perdiendo ésta el conocimiento, causándole lesiones consistentes en contusión facial con resultado de tumefacción facial izquierda, que requirieron para su curación asistencia facultativa inicial, tardando en curar 15 días, de ellos 7 impeditivos, sustrayéndole el bolso y rompiéndole las gafas que llevaba. Habiendo sido tasados los objetos dañados en 240,40€ y devengándose gastos por asistencia sanitaria de 99,04€. Quinto.- El día 12/04/06 sobre las 10,30 y 10,45 horas, el acusado entró en la finca sita en la C/ DIRECCION004 nº NUM003 de Elda, aprovechando que Teresa que venía del supermercado, abrió la puerta del citado edificio. El acusado subió las escaleras, la esperó en el primer rellano y le golpeó con un martillo que llevaba dentro de una bolsa, causándole lesiones consistentes en traumatismo craneo-facial con hematoma en labio inferior, sangrado de encías, herida en labio superior, contusión mandibular y hematoma en región parietal izquierda, requiriendo para su curación sutura de herida inciso-contusa, retirada de la sutura, curas locales, vigilancia por el facultativo de asistencia primaria, tardando en curar 21 días, de ellos 10 impeditivos, con secuelas de una tenue cicatriz de 1,5 cm en el labio superior, sustrayéndole el monedero, una sortija, rompiéndole también las gafas. La perjudicada recuperó la sortija con perla sustraída y tuvo daños por importe de 240,40€. Sexto.- El día 29/03/06, sobre las 23:00 horas, en el portal de la finca sita en la C/ DIRECCION005 NUM004 de Elda, persona de identidad desconocida golpeó por detrás a Imanol, cuando se encontraba mirando en el buzón, haciéndole perder el sentido y causándole lesiones consistentes en herida inciso contusa en forma estrellada en ceja derecha y en mentón derecho con gran hematoma asociado, que requirieron para su curación cura local, sutura en seda, tratamiento farmacológico y reposo, tardando en curar 10 días, con secuelas de cicatriz supraciliar derecha de 4 cm y en mentón derecho de 2 cm. Le sustrajo la cartera, un crucifijo, una pulsera y un solitario de oro con un diamante. Séptimo.- El día 04/04/06, sobre las 21,15 horas persona sin identificar entró en la comunidad de vecinos sita en la C/ DIRECCION006 NUM005 de Elda, detrás de la vecina del inmueble, Concepción una vez en las escaleras se puso delante de ella y le golpeó, causándole lesiones consistentes en TCE, hematoma en ángulo mandibular izquierdo y en zona periorbital izquierda, que requirieron para su curación observación domiciliaria, hielo local, tratamiento farmacológico e ingreso hospitalario de 5 días, tardando en curar en total 20 días, de ellos 14 impeditivos. Se sustrajo una cadena de oro y el bolso. Octavo.- El día 08/04/06 sobre las 13,30 horas, en el edificio sito en la C/ DIRECCION007 NUM006 de Elda, persona no identificada entró rápidamente detrás del vecino, Hugo que venía de la sucursal de la CAM, subió las escaleras, le esperó en el primer rellano y le golpeó, haciéndole perder el sentido, causándole lesiones consistentes en herida inciso contusa en región parietal derecha, hematoma en rama mandibular izquierda, herida incisa en labio inferior, que requirieron para su curación sutura de heridas con agrafes metálicos, tratamiento farmacológico y reposo, tardando en curar 20 días, de ellos 7 impeditivos, con secuelas de cicatrices en labio y en región parietal izquierda, con perjuicio estético muy leve, sustrayéndole la cartera y una sortija con las iniciales "L. S". Noveno.- El día 21/04/06, sobre las 12,30 horas en la finca sita en la C/ DIRECCION008 NUM007 de Elda, persona de identidad ignorada golpeó a Patricia, que volvía de la sucursal de la CAM de sacar dinero, cuando se disponía a subir al ascensor, causándole lesiones consistentes en heridas inciso contusas en mentón izquierdo, frontal, izquierdo y comisura bucal izquierda, hematoma facial, hematoma occipital sin herida, fracturas costales (2) anteriores izquierdas, que requirieron para su curación de heridas, reposo y tratamiento farmacológico, tardando en curar 30 días, de ellos 15 impeditivos, con secuelas de cicatrices faciales (supraciliar izquierda 2cm/inframentoniana izquierda de 2 cm, sustrayéndole el bolso, dos pulseras y una cadena de oro. Décimo.- El día 26/04/26, sobre las 14:00 horas es detenido el acusado al que se le ocupa un anillo con tres diamantes, igual al denunciado y una cadena de oro, va acompañado de Amanda, también acusada, mayor de edad, sin antecedentes penales y de nacionalidad rumana, a quien se le ocupó el anillo con las iniciales "L.S", efectuando ese mismo día entrada y registro en el domicilio de ambos, sito en la CALLE000 NUM008, NUM006 de Elda en el que se intervienen numerosas joyas y efectos, entre las que se encuentran algunas de las anteriormente denunciadas, que la acusada adquirió conociendo su procedente ilícita." HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN CON LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES:1ª) En el hecho probado primero donde dice: "....el acusado, Jose Carlos, mayor de edad, de nacionalidad rumana y sin antecedentes penales... " debe decir: "...persona no identificada " y donde dice: " El acusado le sustrajo..." debe decir: " Dicha persona, sin...

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