SAP Lugo 357/2012, 24 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Mayo 2012
Número de resolución357/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LUGO

SENTENCIA: 00357/2012

ILMOS. SRES.:

D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO

D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ

D. JOSÉ MARÍA MORENO MONTERO

Lugo, veinticuatro de mayo de dos mil doce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de NECESIDAD DE ASENTIMIENTO EN LA ADOPCION 0000079/2010, procedentes del XDO. 1A INSTANCIA

N. 1 de LUGO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000315/2012, en los que aparece como parte apelante, Rocío, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. MARIA ISABEL DE LA FUENTE MORADO y asistido por el Letrado D.ª SUSANA NO GUEIRA GONZALEZ, y como parte apelada, la CONSELLERÍA DE TRABALLO E BENESTAR, asistido por el LETRADO DE LA COMUNIDAD (SERVICIO PROVINCIAL) y el MINISTERIO FISCAL ; sobre determinación de la necesidad de asentimiento de la madre biológica en adopción de menor. Siendo ponente el magistrado Ilmo. Sr. D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha veintiocho de febrero de dos mil doce, el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Desestimando la pretensión formulada por la Procuradora Dña. Isabel de la Fuente Morado, se declara que no será necesario el asentimiento de Dña. Rocío en el expediente de adopción del menor Isidoro, en el que simplemente deberá ser oída. Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la demandante doña Rocío, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C . 1/2000 se elevaron los autos a la Sección Primera de la Audiencia Provincial para la resolución procedente.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada, y

PRIMERO

La parte apelante se basa como único motivo de alegación error en la valoración de la prueba estimando que no puede atenderse únicamente a la situación existente en el momento de la adopción de la medida de intervención por parte del ente público sino que también deberá ponderarse las circunstancias actuales de la familia...

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