STSJ Comunidad Valenciana 3231/2007, 25 de Octubre de 2007

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2007:5842
Número de Recurso3911/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución3231/2007
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

3231/2007

3

Recurso de Suplicación nº 3911/2006

Recurso contra Sentencia núm. 3911/2006

Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a veinticinco de octubre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3231/2007

En el Recurso de Suplicación núm. 3911/2006, interpuesto contra la sentencia de fecha seis de julio de dos mil seis, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Doce de Valencia, en los autos núm. 1067/2005, seguidos sobre desempleo, a instancia de Servicio Público de Empleo Estatal, contra Centro Hortofrutícola La Heretat, S.A. asistida por la letrada Dª Consuelo Monfort del Toro y D. Clemente asistido por el letrado D. Francisco Sanchís Juste, y en los que es recurrente Servicio Público de Empleo Estatal, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando como desestimo la demanda del Servicio Público de Empleo Estatal contra la empresa Central Hortofrutícola la Heretat, S.A. y D. Clemente sobre reintegro de prestaciones por fraude en la contratación, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "Primero. El codemandado D. Clemente, con D.N.I. nº NUM000, ha trabajado para la empresa demandada Central Hortofrutícola La Heretat, S.A. en las campañas de fruta y verdura, desde el año 1995, en los siguientes periodos: 25-10-1995 a 24-4-96; 10-5-1996 a 31-8- 1996; 19-10-1996 a 31-5-1997; 10-6-97 a 26-9-97; 1-10-97 a 31-3-1998; 6-4-1998 a 2-9-1998; 10-9-1998 a 15-6-1999; 16-6-1999 a 24-9-1999; 18-10-1999 a 15-5-2000; 16-5-2000 a 31-8-2000; 18-9-2000 a 16-5-2001; 17-5-2001 a 28-7-2001; 18-9-2001 a 5-6-2002; 6-6-2002 a 6-8-2002; 1-10-2002 a 30-4-2003; 7-5-2003 a 31-7-2003; 26-9-2003 a 30-4-2004; 1-5-2004 a 27-3-2004; 17-9-2004 a 20-4-2005 y 17-5-2005 a 9-9-2005. (Hecho conforme). Segundo.- La naturaleza de los contratos de trabajo de los últimos cuatro años era de obra o servicios determinado a tiempo completo, como conductor mecánico para el "...transportar la fruta del lugar de origen al almacén para su comercialización". (Hecho conforme y folios 17,24 y 25 y 65 a 70). Tercero. El actor ha percibido la prestación de desempleo desde el 7 de agosto de 2002 al 30 de septiembre de 2002 por importe de 1.521,24 euros, ascendiendo las cuotas de S. Social a 643,22 euros; en el período de 25 de agosto de 2003 a 25 de septiembre de 2003, percibió 881,11 euros, ascendiendo las cuotas de S. Social a 369,26 euros; en el período de 1 de agosto de 2004 a 16 de septiembre de 2004 percibió 1.295,95 euros, ascendiendo las cuotas a 547,93 euros; en el periodo de 21 de abril de 2005 a 16 de mayo de 2005 percibió la cantidad de 623,06 euros, ascendiendo las cuotas a 309,70 euros, siendo el total percibido en los cuatro periodos de 4.321,46 euros y el total de las cuotas de dichos periodos de 1.870,11 euros. (Folio 10). Cuarto. El actor solicitó la reanudación de la prestación por desempleo el día 13 de septiembre de 2005. (Folio 45). Quinto. La demanda se presentó en el Decanato de los Juzgados de Valencia el día 9 de diciembre de 2005, teniendo entrada en este Juzgado el día 12 de diciembre de 2005.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte Servicio Público de Empleo Estatal, habiendo sido impugnada en legal forma por Centro...

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