SAP Madrid 223/2012, 17 de Abril de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 223/2012 |
Fecha | 17 Abril 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00223/2012
Rollo: RECURSO DE APELACION 246 /2012
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 778 /2010
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 89 de MADRID
PONENTE: ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
APELANTE: Calixto, GESTEVISION TELECINCO S.A., Juana
PROCURADOR: ALICIA CASADO DELEITO, MANUEL SANCHEZ-PUELLES GONZALEZCARVAJAL, JUAN TORRECILLA JIMENEZ
APELADO:
PROCURADOR:
En MADRID, a diecisiete de abril de dos mil doce.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre derecho al honor, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 89 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante DON Calixto representado por la Procuradora Sra. Casado Deleito y de otra, como apelantes demandados GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A. representada por el Procurador Sr. Sánchez-Puelles González-Carvajal y DOÑA Juana representada por el Procurador Sr. Torrecilla Jiménez y siendo parte en el procedimiento el MINISTERIO FISCAL, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 89 de Madrid, en fecha 23 de marzo de 2011, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "
FALLO: Debo estimar y estimo parcialmente la demanda de juicio ordinario interpuesta por DON Calixto (ostentando su representación DOÑA ALICIA CASADO DELEITO); frente a GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A. (actuando por medio de DON MANUEL SÁNCHEZ-PUELLES GONZÁLEZ-CARVAJAL), y frente a DOÑA Juana (haciendo lo propio mediante DON JUAN TORRECILLA JIMÉNEZ) y en su virtud:
Declaro que las condemandadas han vulnerado el derecho al honor del actor con las manifestaciones referidas en las letras a, b, c y d del segundo párrafo del fundamento de derecho primero de la presente resolución.
Condeno a GESTEVISIÓN al pago al actor de la doceava parte de los ingresos netos obtenidos en el programa de 29.1.2010 denominado SÁLVAME DE LUXE (esto es: descontada de todos los ingresos obtenidos por cualesquiera conceptos con motivo de la emisión del programa SÁLVAME DE LUXE correspondiente al día 28.1.2010, la totalidad de gastos que comportó su elaboración y emisión).
Condeno a DOÑA Juana al pago a la actor de la tercera parte de los ingresos obtenidos por su intervención en el programa de 29.1.2010 denominado SÁLVAME DE LUXE correspondiente al día
28.1.2010.
NO se realiza imposición de las costas devengadas en este proceso a ninguna de las partes".
Por las partes demandante y demandadas se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 16 de abril de 2012.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por la defensa de Don Calixto, se recurre la sentencia de instancia en cuanto a la
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