STSJ Comunidad de Madrid 808/2010, 20 de Octubre de 2010

PonenteRAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS
ECLIES:TSJM:2010:16609
Número de Recurso4046/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución808/2010
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00808/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Recurso número 4046/2008

Ponente: Don Rafael Estévez Pendás

Recurrentes: Sr. Gumersindo

Procurador: Sra. Oca de Zayas

Demandado: Ministerio del Interior

Letrado: Sr. Abogado del Estado

SENTENCIA nº 808

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 20 de octubre del año 2010, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por Don Gumersindo, representado por la Procuradora Doña Mónica Oca de Zayas, contra la Administración

General del Estado, defendida por el Abogado del Estado, en la representación que por Ley le corresponde. La cuantía de este Recurso es indeterminada. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes de Hecho
Primero

Se interpuso este Recurso el día 25 de septiembre del año 2008, formalizándose demanda por el recurrente en la que terminaban suplicando una Sentencia que, estimando el Recurso, anule la Resolución impugnada, reconociendo el derecho de aquel a acceder como alumno al Centro de Formación de la División de Formación y Perfeccionamiento como aspirante a ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía o, subsidiariamente, que se repita la realización de la prueba recogida en la base 7.1.3.b) ( entrevista personal ), en las mismas condiciones de igualdad que el resto de los opositores.

Segundo

El Abogado del Estado contestó a la demanda oponiéndose a las pretensiones de la demandante, y concluyó interesando su íntegra desestimación, imponiendo las costas al recurrente.

Tercero

Al no interesar las partes el recibimiento a prueba del proceso, ni la celebración de vista o el despacho del trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 20 de octubre del año 2010.

Fundamentos de Derecho
Primero

Se debate en este proceso contencioso-administrativo la disconformidad o conformidad a Derecho de la Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil del Ministerio del Interior de fecha 1 de septiembre del año 2008, por la que se desestimó el Recurso de alzada interpuesto por Don Gumersindo contra el Acuerdo del Tribunal Calificador de la oposición libre para cubrir plazas de aspirantes a ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, de fecha 16 de junio del año 2008, por la que se declaró no apto al citado opositor al no haber superado la tercera prueba ( tests psicotécnicos y entrevista personal ) en la fase de oposición.

Segundo

El recurrente comienza diciendo que la entrevista que se recoge en la base 7.1.3.b) de las bases de la convocatoria, le fue realizada, como se infiere del propio expediente administrativo, en una situación diferente al resto de los aspirantes, al estar integrado el Tribunal que le correspondió, en ese momento, por una sola persona, habiendo sido entrevistados el resto de los opositores por dos personas, precisamente para garantizar una adecuada ponderación y valoración de los parámetros personales exigibles para el desempeño de la profesión de Policía, por lo que se ha vulnerado el principio de igualdad y la base 6.3, de la que resulta que para la realización de la entrevista se precisan dos personas, una el asesor especialista que realiza la prueba y otra un miembro del...

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