STSJ Andalucía 2883/2010, 21 de Octubre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2883/2010
Fecha21 Octubre 2010

Recurso nº 10-2449-IN Sent. 2883/10

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Iltma. Sra. Dña. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ, Presidenta

ILTMO. SR. D. FRANCISCO ALVAREZ DOMÍNGUEZ

ILTMA. Sra. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA

En Sevilla, a veintiuno de octubre de dos mil diez.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 2883/10

En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de Empleo, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número NUEVE de los de SEVILLA, en sus autos nº 704/09; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Adriano, contra Instituto Nacional de Empleo, sobre DESEMPLEO, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 30/03/2010 por el Juzgado de referencia, con estimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1°) Adriano, ha prestado sus servicios retribuidos por orden y bajo la dependencia de la empresa LOPECAN SL desde el 2/02/04, con la categoría profesional de Comercial y un salario mensual bruto por todos los conceptos, incluida la prorrata de pagas extraordinarias, de 1.245,41 #, en virtud de contrato de trabajo a tiempo completo y con carácter indefinido, radicando su centro de trabajo en el km. 5,800 de la Autovía Sevilla-Málaga en Alcalá de Guadaira, cesando dicha relación laboral el 9/12/08 por despido objetivo por circunstancias económicas y organizativas.

  1. ) La empresa LOPECAN SL fue constituida el 3/11/62 por los cónyuges Edemiro y Florencia, ostentando ambos la titularidad de las participaciones sociales a razón de 200 el Sr. Edemiro, quien asimismo es administrador único de la sociedad, y de 50 la Sra. Florencia, siendo su objeto social la venta de máquinas en general y sus accesorios y radicando su domicilio social en la calle Padre Campelo, n° 6, accesorias A y B, de Sevilla. Dicha empresa, conforme a la vida laboral aportada a los folios 182 y siguiente de las actuaciones, desde el año 2001 y hasta finales de 2008 ha procedido a dar de alta, y en su caso, de baja, en la Seguridad Social hasta a 28 trabajadores. 3°) El actor es hijo del matrimonio que ostenta la titularidad de las participaciones sociales de la empresa LOPECAN SL, y ha convivido con ellos desde 2.006 en el domicilio familiar sito en la PLAZA000 n° NUM000 de Sevilla, donde se encontraba empadronado, hasta que en fecha de 23/02/09 cambió su domicilio a la CALLE000 n° NUM001, a un inmueble arrendado a su padre en virtud de contrato de arrendamiento de fecha de 1/03/04, cuya renta no consta que comenzara a abonar hasta febrero de 2009.

  2. ) El actor ha venido percibiendo, durante los años 2007 y 2008, la retribución señalada en el primer hecho mediante la entrega de talones bancarios, habiendo satisfecho la empresa asimismo sus gastos de locomoción y dietas de desplazamiento durante dicho periodo (folios 137 a 177), y ha participado en cursos de formación laboral a cargo de la empresa durante los años 2006, 2007 y 2008 (folios 178 a 180).

  3. ) Con fecha de 22/12/08 el actor solicitó al SPEE le fuere concedida la prestación contributiva de desempleo, lo que le fue denegado mediante resolución de 28/01/09 por el citado organismo al considerar que en el momento de la situación legal de desempleo el actor era familiar del empresario hasta el 2° grado, convivía con él y estaba a su...

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