SAP Córdoba 189/2010, 20 de Octubre de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 189/2010 |
Fecha | 20 Octubre 2010 |
AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA
SECCION Nº 3
S E N T E N C I A Nº 189/10
PRESIDENTE ILMO. SR.
D. FRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. FELIPE LUIS MORENO GOMEZ
D. PEDRO JOSE VELA TORRES
REFERENCIA:
JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº2 DE CÓRDOBA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 237/2010
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 1102/2009
En la Ciudad de CORDOBA a veinte de octubre de dos mil diez.
La SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA,ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de Procedimiento Ordinario nº 1102/2009 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº2 DE CÓRDOBA entre el demandante Cristobal representado por el Procurador Sr DAVID FRANCO NAVAJAS y defendido por la Letrado Sra. MARIA TERESA BARRENA ORTEGA, y el demandado COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 DE CORDOBA representado por la Procuradora Sra. ISABEL MARIA GARCIA SANCHEZ y defendido por el Letrado Sr. JUSTO PASTOR CASTILLA, pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandante contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don FELIPE LUIS MORENO GOMEZ.
Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,
Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº2 DE CÓRDOBA cuyo fallo es como sigue: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. David Franco Navajas, en nombre y representación de D. Cristobal contra la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 número NUM000, debo condenar y condeno a la referida demandada a:
-
Llevar a cabo en la zona cubierta del edificio las actuaciones necesarias para conseguir la debida impermeabilización y estanqueidad de la misma, actuaciones que serán las que establece el informe pericial aportado en su punto 5, y que deberán ser contratadas por la Comunidad de Propietarios con una empresa especializada en el sector de la construcción de reconocido prestigio de la provincial de Córdoba. 2º.- Llevar a cabo en la vivienda de su mandante, las obras necesarias para la reparación de los daños sufridos, labores que serán las especificadas por el informe pericial aportado en su punto número 6, y que deberán ser contratadas por la Comunidad de Propietarios con una empresa especializada en el sector de la construcción de reconocido prestigio de la provincial de Córdoba; Subsidiariamente se condene a al demandada al abono a su mandante del importe de 4.000 # coincidentes con el importe de los daños causados en la vivienda.
-
Asimismo se condene a la demandada a indemnizar a su mandante en concepto de lucro cesante la cantidad que resulte de multiplicar el importe de 100/mes por el número de meses que transcurran desde enero de 2010 hasta la reparación definitiva de los problemas existentes, cantidad ésta que se liquidará en fase de ejecución de sentencia.
Todo ello sin hacer pronunciamiento acerca de las costas causadas.".
Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de Cristobal que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose traslado de los mismo al Magistrado Ponente para que dictara la resolución procedente.
Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.
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