STSJ Castilla-La Mancha 1483/2010, 26 de Octubre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1483/2010
Fecha26 Octubre 2010

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 01483/2010

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 59 65 65, 70, 71 Fax:967 59 65 69 NIG: 02003 34 4 2010 0101076 402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001031 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000321 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 001 CUENCA

Recurrente/s: Paula

Abogado/a:

Procurador: MARIA ISABEL ARCOS GABRIEL

Graduado Social: Mª ELVIRA MARCOS PALMA

Recurrido/s: AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERV, MINISTERIO FISCAL

Abogado/a: LUIS M. BASCUÑAN ANOVER

Procurador: RAQUEL ZAMORA MARTINEZ

Graduado Social:

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

Iltmo. Sr. D. José Montiel González

Iltma. Sra. Dª.Petra García Márquez

Iltma. Sra. Dª.Luisa María Gómez Garrido

Iltmo. Sr. D. Eugenio Cárdenas Calvo

__________________________________________________

En Albacete, a veintiséis de octubre de dos mil diez.

Vistas las presentes actuaciones por la Sección Segunda de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

ha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 1483 - En el RECURSO DE SUPLICACION número 1031/10, sobre derechos fundamentales, formalizado por la representación de Paula, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Cuenca, en los autos número 321/10, siendo recurrido EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO, MINISTERIO FISCAL y en el que ha actuado como Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Luisa María Gómez Garrido, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 7-6-10 se dictó sentencia, por el Juzgado de lo Social nº 1 de Cuenca, en los autos número 321/10, cuya parte dispositiva establece:

Que desestimando íntegramente la demanda formulada por doña Paula contra el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO en reclamación por despido, absolviendo al demandado de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:

"PRIMERO.- La parte actora, Doña Paula, con DNI NUM000, prestó servicios como limpiadora para el EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO desde el 15/9/1994, en el centro de GRANJA OCUPACIONAL EL CASTELLAR y con un salario de 1.396,39 # mensuales incluido prorrateo de pagas extras. Los salarios percibidos por la trabajadora constan en sus nominas obrantes a los folios 23 a 47 y cuyo contenido se da íntegramente por reproducido. Desde el 12/3/2.008 hasta el 14/10/2.008 la hoy actora estuvo de baja por contingencias comunes por ansiedad y depresión.

SEGUNDO

En fecha 25/4/2.008 tuvo entrada demanda por tutela de derechos fundamentales interpuesta por Don Jesus Miguel, director del centro ocupacional el Castellar, contra el Excmo. Ayuntamiento de MOTA DEL CUARVO registrada con el número 331/2.008, dictando sentencia desestimatoria en fecha 30/7/2.008.Siendo citada como testigo junto con otras cinco más a instancias de la parte actora a dicho pleito la hoy actora.

TERCERO

En fecha 22/5/2.008 fue presentada demanda por despido instada por don Jesus Miguel

, director del centro ocupacional "El Castellar" contra el Excmo. Ayuntamiento de Mota del Cuervo que fue registrada con el número 410/2.008, dictando sentencia en fecha 30/7/2.008 desestimando la petición de nulidad por tutela de derechos fundamentales y estimando la petición subsidiaria, declarando el despido improcedente, y siendo confirmada por Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 4/3/2.009 . En dicho pleito declaró como testigo la hoy actora doña Paula .

CUARTO

En fecha 10/6/2.009 se publica la plantilla de personal y el presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Mota del cuervo y cuyo contenido consta en los folios 97 a 98 se da por reproducido, y en la que figura como vacantes dos puestos de limpiadora en el centro ocupacional en la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

QUINTO

En fecha 12/6/2.009 se dicta resolución por la Alcaldía por la que, previo dictamen de la comisión Informativa de Personal, así como consulta con los miembros del comité de empresa, representantes del Personal Laboral y Funcionario, reunidos en la Comisión paritaria de 26 de mayo de 2.009, se aprueba la oferta de empleo público, Del Ayuntamiento de Mota del Cuervo, (Cuenca) de acuerdo con el presupuesto y la plantilla de personal, aprobada inicialmente en sesión plenaria celebrada el 08 de mayo de 2.009, y aprobada definitivamente el día 10 de junio de 2.009 mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de cuanta número 65 para cubrir las plazas de Director del centro ocupacional, limpiadora del centro ocupacional y fisioterapeuta del centro ocupacional, siendo publicada en el BOP el 19/6/2.009.

SEXTO

En fecha 31/8/2.009 fueron publicadas en el BOP las bases y convocatoria para la cobertura, por el procedimiento de concurso-oposición de un puesto de limpiadora del centro ocupacional "El Castellar vacante en la plantilla de personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de mota del Cuervo (Cuenca). Dicha convocatoria también fue publicada en el BOE el 18/9/2.009.

SÉPTIMO

La hoy actora solicitó la admisión para participar en las pruebas de concurso-oposición para cubrir el puesto de limpiadora en el centro ocupacional, solicitando su admisión en fecha 7/10/2.009, siendo admitida por Decreto de la Alcaldía el 21/10/2.009 a participar en dichas pruebas.

OCTAVO

Tras celebrarse las pruebas el 18/1/2.010 es elegida para ocupar la plaza doña Nicolasa, al obtener la mayor puntuación, y siendo propuesta para la contratación, no superando la parte actora la primera fase del concurso, siendo declarada no apta.

NOVENO

En fecha 20/1/2.010 tomó posesión de su puesto dona Nicolasa .

DÉCIMO

En fecha 26/1/2.010 se emite informe por el Secretario del Ayuntamiento de Mota del Cuerdo favorable a la extinción del contrato de doña Paula .

UNDÉCIMO

En fecha 1/2/2.010 la Junta de Gobierno y Local en sesión celebrada en dicha fecha acurda la extinción del contrato de Doña Paula .

DUODÉCIMO

En fecha 2/2/2.010 la trabajadora recibió la siguiente carta:

Le participo el Acuerdo de la Junta de Gobierno y Local en Sesión celebrada con fecha de 01 de febrero de 2.010

Antecedentes de hecho

Visto el contrato de Doña Paula que tiene suscrito con este Ayuntamiento prestando servicios como personal de limpieza del Centro ocupacional "El Castellar" mediante la modalidad de contratación de duración determinada a tiempo parcial, desde el 15 de Septiembre de 1994 así como una Prórroga suscrita el 01 de Enero de 1995.

Atendido la conversión del Contrato de Tiempo parcial de duración determinada, a contrato a tiempo Parcial indefinido, suscrito por ambas partes el 02 de Mayo de 1995.

Examinada la Transformación del contrato indefinido a tiempo parcial en Contrato Indefinido a Tiempo Completo, ratificado por Acuerdo Plenario de 14 de enero de 2.000 y suscrito por esta entidad y la trabajadora el 17 de Enero de 2.000.

Aprobada la oferta empleo público del Ayuntamiento de Mota del Cuervo mediante resolución de Alcaldía de fecha de 12 de junio de 2.009, de acuerdo con el presupuesto y plantilla de Personal, aprobada definitivamente el día 10 de junio de 2.000, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca número 65: y con las Siguientes Plazas:

DIRECTOR DEL CENTRO OCUPACIONAL.

LIMPIADORA DEL CENTRO OCUPACIONAL

FISIOTERAPEUTA DEL CENTRO OCUPACIONAL.

Aprobada por resolución de Alcaldía de fecha de 12 de junio de 2.009 las bases y convocatoria pública, para la cobertura por el procedimiento de concurso oposición, de un puesto de limpiadora del Centro ocupacional "El castellar" vacante en la plantilla del personal laboral del Ayuntamiento de Mota del Cuervo(Cuenca), y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca número 100 de fecha 31 de agosto de 2.009

Publicada en el Boletín Oficial del Estado 226 de 18 de Septiembre de 2.009 la Convocatoria, ara la cobertura de la mencionada plaza.

Una vez cumplidos todos los trámites legales oportunos, se convocan al proceso selectivo que tiene lugar con fecha de 18 de enero de 2.010.

Visto el resultado del proceso selectivo, el tribunal eleva propuesta de Contratación a Doña Nicolasa como limpiadora del centro Ocupacional El Castellar".

Atendido la aceptación al puesto de la candidata Doña Nicolasa .

La Junta de gobierno Acuerda por Unanimidad de los miembros que la componen: declarar el cese de la relación laboral entre Doña Paula y el Ayuntamiento de Mota del Cuervo en base a los siguientes

Fundamentos de derecho
Primero

Visto los antecedentes obrante s en la Secretaría de este Ayuntamiento, y consultada jurisprudencia al respecto de Tribunal Supremo, entre otras las Sentencias, de 26 de enero de 1999 ; 39 de marzo de 1999; 5 de julio de 1999 y 10 de noviembre de 1999 del cual se desliza lo siguiente:

Debe diferenciarse entre el carácter indefinido de un contrato y la fijeza en la plantilla; ya que si bien dicho carácter indefinido implica el no sometimiento, directa o indirectamente a un término, ello no supone que en el ámbito de la Administración Pública el trabajador consolide una condición de fijeza en plantilla que no sería compatible con las Normas legales de selección de personal fijo, ya que dicha Administración está obligada a adoptar las...

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