STSJ Galicia 4804/2010, 28 de Octubre de 2010

PonenteMANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO
ECLIES:TSJGAL:2010:9584
Número de Recurso1371/2007
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4804/2010
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 1371/07 MCR

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

D. ANTONIO GARCIA AMOR

D. MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO

D. RICARDO RON LATAS

A CORUÑA, veintiocho de octubre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0001371 /2007 interpuesto por RADIO TELEVISION DE GALICIA contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001

de PONTEVEDRA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, Gerardo en reclamación de DESEMPLEO siendo demandado RADIO TELEVISION DE GALICIA. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000769 /2005 sentencia con fecha veintinueve de Diciembre de dos mil seis por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO,- El codemandado D. Gerardo, con DNI NUM000, fue contratado por la codemandada Radio Televisión de Galicia S. A., en virtud de contratos temporales en las siguientes fechas:

Contrato de 6 de marzo de 2000, por obra o servicio determinado, para el espacio "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta el inicio de la programación de verano 2000. El 15 de junio de 2000 las partes firmaron un anexo en el que se extendía la duración del contrato hasta la finalización de la programación de verano

2000.

Contrato de 11 de septiembre de 2000, por obra o servicio determinado, para el espacio "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta la finalización de la programación otoño-invierno 2000.

Contrato de 1 de enero de 2001, por obra o servicio determinado, para el espacio "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta el remate del programa o, en todo caso, hasta el comienzo de la programación de verano 2001. Contrato de 1 de julio de 2001, por obra o servicio determinado, para "Mar de música", como técnico de control, hasta la finalización de la programación verano 2001.

Contrato de 1 de diciembre de 2001, por obra o servicio determinado, para "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta la finalización de la programación

otoño-invierno 2001.

Contrato de 7 de enero de 2002, por obra o servicio determinado, para "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta el comienzo de la programación de verano 2002.

Contrato de 2 de julio de 2002, por obra o servicio determinado, para "Mar de músicas", como técnico de control, hasta la finalización de la programación verano 2002.

Contrato de 9 de septiembre de 2002, por obra o servicio determinado, para "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta la finalización de la programación otoño-invierno 2002

Contrato de 8 de enero de 2003, por obra o servicio determinado, para "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta el comienzo de la programación de verano

2003

Contrato de trabajo de 23 de jumo de 2003, por obra o servicio determinado, para "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta la finalización de la programación verano 2003.

Contrato de trabajo de 13 de septiembre de 2003, por obra o servicio determinado, para "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta la finalización de la programación otoño-invierno 2003.

Contrato de trabajo de 3 de mayo de 2004, por obra o servicio determinado, pare "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta la finalización de la programación verano 2004.

Contrato de trabajo de 6 de septiembre de 2004, por obra o servicio determinado, para "As tardes da Galega", como técnico de control, hasta el comienzo de la programación de verano 2005.

Contrato de trabajo de 3 de julio de 2005, por obra o servicio determinado, para 20 programas de espacio radiofónico "Diario cultural" y 45 programas de espacio radiofónico "Música do Diario", como técnico de control, hasta la finalización de la obra objeto del contrato.

Contrato de trabajo de 1 de noviembre de 2005, eventual por circunstancias de la producción, por acumulación de tareas motivada por el nuevo diseño y elaboración de la parrilla de emisiones de la RTG, como técnico de control, hasta ci 31 de diciembre de 2005. Este contrato fue prorrogado el 29 de diciembre de 2005 hasta el 30 de abril de 2006.

Contrato de trabajo de 1 de mayo de 2006, de interinidad, para sustituir al trabajador Paulino, por suspensión de su contrato, con derecho a reserva del puesto de trabajo, como operador de control.

SEGUNDO

Entre las sucesivas contrataciones el trabajador fue perceptor de las prestaciones por desempleo, en concreto en los periodos y cuantías siguientes:

- Del 6 de octubre de 2001 al 30 de noviembre de 2001

- Del 22 de enero de 2004 al 2 de mayo de 2004

- Del 29 de septiembre de 2005 al 5 de octubre de 2005

- Del 7 de octubre de 2005 al 30 de octubre de 2005 (solicitada el 13 de octubre de 2005)

TERCERO

El total de las prestaciones por desempleo abonadas por el Instituto Nacional de Empleo al trabajador demandado en los cuatro años anteriores a la presentación de la demanda asciende a 3.178,72 #, además de 2.408,97 # de cotizaciones a la Seguridad Social, lo que supone un total de 5.587,69 #, sin computar la ultima prestación por desempleo percibida por la demandada.

CUARTO

El trabajador demandado no ha prestado servicios para ninguna otra empresa en el periodo a que se refieren los hechos de la demanda.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que, estimando íntegramente la demanda presentada por e l INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO contra la entidad RADIO TELEVISION DE GALICIA S.A., debo declarar y declaro la responsabilidad de dicha demandada en el pago de las prestaciones por desempleo y las...

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