AAP A Coruña 285/2012, 24 de Abril de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 24 Abril 2012 |
Número de resolución | 285/2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
A CORUÑA
AUTO: 00285/2012
Rollo : RT 277/2012
Órgano Procedencia: JDO. DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
Proc. Origen: Diligencias de Procedimiento Abreviado nº 83/11
RCT: MINISTERIO FISCAL; Lorena y María del Pilar
Proc. Sra. Fernández Diéguez
Ltrd. Sra. Mosquea Regueiro
RCD: Abel
Proc. Sra. Díaz Muiño
Ltda. Sra. Sande Lago
LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, CONSTITUIDA POR LOS ILUSTRÍSIMOS SEÑORES D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO, Presidente, D. JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ y D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS, Magistrados.- A U T O
En A CORUÑA, a 24 de abril de 2012.
El Juzgado de Violencia Sobre la Mujer de A Coruña, tramita Diligencias de Procedimiento Abreviado nº 83/11, y seguido su curso legal, con fecha 18 de enero de 2012 se dictaron autos que, una vez notificados a las partes, fueron recurridos en tiempo y forma por el MINISTERIO FISCAL, Lorena, María del Pilar ; dados los traslados oportunos se acordó seguidamente elevar las actuaciones a la Audiencia Provincial, a los efectos procedentes.- SEGUNDO.- Recibido lo actuado en la Oficina de Registro y Reparto de la Audiencia, por turno le correspondió a esta Sección, con el número de rollo 277/2012, y pasaron las actuaciones para votación y fallo.- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ.-
AL RECURSO DE LA FISCALIA.
Apela el M. Fiscal la decisión del Instructor de no abrir juicio oral contra el acusado por el delito de descubrimiento de secretos del art. 197 del C. Penal aludiendo a que en el auto de acomodación de las diligencias previas a los trámites del procedimiento abreviado se recogen los hechos que sustentan la eventual comisión del delito contra la intimidad. Sucede, sin embargo, que esa resolución contiene de forma expresa una cuidada relación de los hechos punibles que, a tenor del resultado de las pruebas practicadas, habrían de ser objeto del proceso, y la lista de los delitos que pudieran constituir. Como hemos dicho en anteriores ocasiones el auto en cuestión sirve para determinar el ámbito del proceso y evitar acusaciones sorpresivas contra las personas previamente imputadas y, pese a lo que sostiene la Fiscalía, en el sustrato fáctico no se describen hechos que pudieran integrar los elementos de la infracción a examen, en la medida en que el tipo requiere apoderamiento...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba