ATS, 20 de Septiembre de 2011
Ponente | JOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL |
ECLI | ES:TS:2011:8621A |
Número de Recurso | 396/2011 |
Procedimiento | CASACIóN |
Fecha de Resolución | 20 de Septiembre de 2011 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veinte de Septiembre de dos mil once. I. HECHOS
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- Por la representación procesal de TEMPLE SERVICIOS INMOBILIARIOS SLU, con fecha 8 de febrero de 2011, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 22 de diciembre de 2010, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 9ª), en el rollo nº 758/2010, dimanante del incidente concursal nº 1544/2009, del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valencia.
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- Por Diligencia de Ordenación de fecha 11 de febrero de 2011 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes habiéndose notificado la misma a las partes litigantes.
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- El Procurador Sr. Codes Feijóo, en nombre y representación de TEMPLE SERVICIOS INMOBILIARIOS SLU, se ha personado en calidad de parte recurrente . La parte recurrida PROMOCIONES NOU TEMPLE SLU, GRUPO TEMPLE OBRAS Y PROYECTOS SLU, D. Héctor, D. Julián Y ADMINISTRACIÓN CONCURSAL no ha comparecido en legal forma.
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- Por la recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de Noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de TEMPLE SERVICIOS INMOBILIARIOS SLU, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el art. 477.2, ordinal 3º de la LEC 2000 .
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- No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo de los recursos.
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PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de TEMPLE SERVICIOS INMOBILIARIOS SLU, contra la Sentencia dictada con fecha 22 de diciembre de 2010, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 9ª), en el rollo nº 758/2010, dimanante del incidente concursal nº 1544/2009, del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valencia.
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) No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo de los recursos.
Contra este auto no cabe recurso alguno.