ATS, 13 de Septiembre de 2011

PonenteJOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL
ECLIES:TS:2011:8469A
Número de Recurso2039/2010
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2011
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a trece de Septiembre de dos mil once. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de la mercantil "PARQUES SOLARES DE NAVARRA S.L" presentó el día 18 de octubre de 2010 escrito interponiendo recurso de casación contra la Sentencia dictada, el día 7 de junio de 2010, por la Audiencia Provincial de Navarra (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 25/2010 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 699/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Pamplona.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 17 de noviembre de 2010, se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a sus procuradores.

  3. - El Procurador D. Manuel Márquez de Prado Navas, en nombre y representación de la mercantil "PARQUES SOLARES DE NAVARRA S.L" presentó escrito ante esta Sala con fecha 29 de noviembre de 2010, personándose como parte recurrente . La Procuradora Dª Alicia Martínez Villoslada, en nombre y representación de la mercantil "SANA DE INVERSIONES S.A" presentó escrito en fecha 7 de diciembre de 2010 personándose como parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la mercantil " PARQUES SOLARES DE NAVARRA S.L", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º de art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "PARQUES SOLARES DE NAVARRA S.L", contra la Sentencia dictada, en fecha 7 de junio de 2010, por la Audiencia Provincial de Navarra (Sección Primera), en el rollo nº 25/2010, dimanante del juicio ordinario nº 699/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Pamplona.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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