SAP Barcelona 207/2012, 14 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Febrero 2012
Número de resolución207/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Décima

Rollo de apelación nº 179/11

Procedimiento Abreviado nº 156/09

Juzgado de lo Penal nº 9 de Barcelona

S E N T E N C I A Nº

Ilmo. Sr. D. JOSE MARIA PLANCHAT TERUEL

Ilma. Sra. Dª CARMEN SÁNCHEZ ALBORNOZ BERNABÉ

Ilmo. Sr. D. SANTIAGO VIDAL MARSAL

Barcelona, a catorce de febrero de dos mil doce.

VISTO en grado de apelación ante Provincial de Barcelona el presente Rollo dimanante del Procedimiento Abreviado expresado en el encabezamiento procedente del Juzgado de lo Penal que en el mismo lugar se cita, el cual pende ante este Tribunal en virtud del/de los recurso/s de interpuesto/s por las representaciones procesales de Juan Pablo y de David contra diez de febrero de dos mil once por el/

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de Que debo condenar y condeno a Juan Pablo, como responsable criminal en concepto de autor de un delito consumado contra la seguridad del tráfico del párrafo primero del artículo 384 del Código Penal, un delito de daños del artículo 263 del Código Penal, una falta dolosa contra las personas del artículo 617 del Código Penal y de una falta por imprudencia grave del artículo 621 del Código Penal, en relación de concurso medial del artículo 77 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena por el primer delito de dos años de prisión con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo, ocho meses de multa, a razón de una cuota diaria de seis euros, con un día de responsabilidad personal por cada dos cuotas impagas, y ocho años de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores. Por el delito de daños, se le impone la pena de diez meses de multa, con una cuota diaria de seis euros, con un día de responsabilidad personal por cada dos cuotas impagadas. Por la falta dolosa de lesiones, la pena de cuarenta días de multa, con una cuota diaria de seis euros, con un día de responsabilidad personal subsidiaria por cada dos cuotas impagadas. Por la falta de imprudencia, la pena de cuarenta días de multa, con una cuota diaria de seis euros, con un día de responsabilidad personal subsidiaria por cada dos cuotas impagadas. Las multas impuestas se pagarán en 21 plazos, veinte de ellos de 180 euros y uno más a 60 euros, a abonar los cinco primeros días de cada mes. En caso de falta de pago de las cuotas de multa se procederá por la vía de apremio, no hallándose bienes o siendo estos insuficientes se hará efectiva la responsabilidad personal subsidiaria ya definida. Asimismo se le condena al pago de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares. Indemnizará al LR de la mercantil Yumelis S.L en la cantidad de 4.321,09 euros por los desperfectos causados en el vehículo Volkswagen Pasta matrícula B-3718-SX y a Horacio en la cantidad de 755,25 euros. Dichas cantidades devengarán el interés establecido en la ley. Respecto de estas dos sumas, se declara la responsabilidad civil subsidiaria del propietario del vehículo D. David . Asimismo, indemnizará a Segismundo, 3.953,35 euros por los desperfectos sufridos por su motocicleta Suzuki D.L 650 con matrícula ....-JBF, 453,63 euros

por los desperfectos producidos en sus objetos personales, y en 1045,90 euros, por razón de las lesiones. A favor de Patricia le abonará la suma de 1.234,55 euros por los desperfectos producidos en el Turismo Scorpio matrícula X- ....-XX . Dichas cantidades devengarán el interés establecido en la ley. En estos dos últimos supuestos, se declara la responsabilidad civil directa del a Cía Seguros Mercurio, y la subsidiaria del propietario del camión D. David ".

SEGUNDO

Admitido/s el/los recurso/s se elevaron las presentes actuaciones originales a esta Superioridad, tramitándose en legal forma, sin celebrarse vista pública al no haberla solicitado la parte recurrente ni estimarla necesaria el Tribunal.

TERCERO

En la tramitación y celebración del presente recurso se han observado las prescripciones legales exigidas al efecto.

HECHOS PROBADOS

SE ACEPTA en su integridad el relato de hechos probados que se contiene en, que expresa:

"ÚNICO.- Probado y así se declara, que el acusado Juan Pablo, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000 y carente de antecedentes penales, sobre las 16:00 horas del día 22 de mayo de 2007, circulaba por la calle Major de la localidad de Vallirana (Barcelona), conduciendo el camión marca D.A.F. con matrícula ....-JRS,

propiedad de David, debidamente asegurado en la mercantil Seguros Mercurio, S.A, cuando, con intención de menoscabar la propiedad ajena y de menoscabar su integridad física, procedió a impactar, hasta en tres ocasiones, contra el turismo Volkswagen Passat con matrícula B-3718-SX, propiedad de la sociedad Yusmelis,

S.L, siendo conductor Jesús y ocupantes Horacio y Jose Ramón, provocando que se saliera de la vía colisionando con la motocicleta Suzuki DL 650 con matrícula ....-JBF que era conducida por Segismundo circulaba por el carril contrario; contra los turismos Rover 75 matrícula H-....-HJ, propiedad de Marí Jose y Ford Scorpio con matrícula X- ....-XX, propiedad de Patricia, que se encontraban debidamente estacionados en la vía pública; y contra un árbol y barreras de protección "new Jersey" propiedad del Ayuntamiento de la localidad.

Como consecuencia de tal acción el vehículo Volkswagen Passat con matrícula B3718-SX, sufrió desperfectos por valor de 4.321,09 euros, causándole a la ocupante Horacio, un hematoma en zona dorsal izquierda y una contusión maxilar, que precisaron para su sanidad una primera asistencia médica! estando quince (15) días Impedida para sus ocupaciones habituales.

Igualmente, causó desperfectos en la motocicleta Suzuki DL 650 con matrícula ....-JBF por valor de 3.953,35 uros y de 457,63 uros en los objetos personales del conductor Segismundo, causándole a éste una distensión del ligamento del tobillo Izquierdo y contusiones varias, precisando para su sanidad una primera asistencia y tratamiento médico (visita de urgencias, vendaje compresivo, reposo sintomático y antinflamatorios),...

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