ATS, 22 de Marzo de 2011

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2011:2937A
Número de Recurso172/2010
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2011
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Marzo de dos mil once. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª Elsa presentó el día 10 de Diciembre de 2009 escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, con fecha 8 de Octubre de 2009, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Decimosexta), en el rollo de apelación nº 228/2008, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 135/2007 del Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Barcelona.

  2. - Mediante Providencia de fecha 27 de Enero de 2010 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes el día 29 de Enero de 2010.

  3. - La Procuradora Dª Isabel Afonso Rodríguez, en nombre y representación de Dª Elsa, presentó escrito ante esta Sala el día 1 de Febrero de 2010, personándose en concepto de parte recurrente . El Procurador D. Juan Luis Cárdenas Porras, en nombre y representación de D. Romulo, presentó escrito ante esta Sala con fecha 9 de Febrero de 2010, personándose en concepto de parte recurrida . Es parte en el presente procedimiento el Ministerio Fiscal.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el deposito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de Dª Elsa al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000, entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DIAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  3. - Consecuentemente procede declarar admitido el recurso de casación y extraordinario por infracción procesal, dejando sentado el art. 483.5 y 473.3 de la LEC 2000 que contra este Auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA 1º) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL Y DE CASACION interpuesto por la representación procesal de Dª. Elsa contra la Sentencia dictada, con fecha 8 de Octubre de 2009, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Decimosexta), en el rollo de apelación nº 228/2008, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 135/2007 del Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Barcelona.

  1. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000, entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DIAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL .

  2. ) Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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