ATS, 15 de Marzo de 2011

PonenteMANUEL MARTIN TIMON
ECLIES:TS:2011:2540A
Número de Recurso2577/2005
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2011
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de marzo de dos mil once. HECHOS

PRIMERO

En 24 de Junio de 2010, esta Sala dictó auto, excluyendo del conocimiento de la misma, el recurso de casación nº 2577/05, interpuesto por D. Jorge Deleito García, Procurador de los Tribunales, en nombre de la COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA, contra Sentencia de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco, de fecha 2 de noviembre de 2004, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 3696/96, en impugnación de la Norma Foral de Guipúzcoa 7/96, de 4 de julio, Norma Foral de Alava 24/96 de 5 de julio y Norma Foral de Vizcaya 3/96, de 26 de junio, por las que se regula el Impuesto sobre Sociedades, "por haber pasado a corresponder el conocimiento del mismo al Tribunal Constitucional, en virtud de lo dispuesto, en los antecedentes primero y segundo de la Ley Orgánica 1/2010, de 19 de febrero ".

SEGUNDO

Mediante escrito presentado en este Tribunal Supremo el 28 de julio de 2010, el Procurador de los Tribunales Sr. Deleito García, en representación de la COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA, interpuso recurso de reposición, contra el Auto reseñado en el anterior antecedente, en suplica de que se procediera a su revocación, declarando la competencia de esta Sala, para conocer de este recurso de casación y proceder a dictar sentencia, resolviéndolo.

TERCERO

Del recurso de reposición se dió traslado a las partes comparecidas, las cuales han presentado escrito oponiéndose al mismo.

CUARTO

El Tribunal Constitucional, en Auto de 1 de diciembre de 2010, referido al recurso de casación que sigue en esta Sala, con el nº 2481/2004, promovido por la Administración del Estado, contra sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 26 de diciembre de 2003, resolviendo el recurso contencioso- administrativo nº 1380/2001, ha dictado Auto por el que se acuerda:

Declarar la falta de jurisdicción de este Tribunal para conocer del recurso de casación núm. 2481/2004 remitido por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo por Auto de 14 de mayo de 2010 y devolver las actuaciones y el expediente recibidos relativos al referido recurso de casación a dicho órgano jurisdiccional.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Manuel Martin Timon, Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

UNICO. - En aplicación de la doctrina contenida en el Auto del Tribunal Constitucional de 1 de diciembre de 2010, a que se hace referencia en los antecedentes, procede estimar el recurso de reposición, interpuesto por la representación procesal de la COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA, contra el Auto de esta Sala de 24 de junio de 2010, el cuál se anula y deja sin efecto.

LA SALA ACUERDA

ESTIMAR el recurso de reposición interpuesto por D. Jorge Deleito García, Procurador de los Tribunales, en nombre de la COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA, contra el Auto de esta Sala de 24 de junio de 2010, que se anula y deja sin efecto.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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