ATS, 11 de Enero de 2011

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2011:18A
Número de Recurso1678/2009
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución11 de Enero de 2011
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Enero de dos mil once. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Juan Francisco, D. Alvaro, D. Benjamín, Dª. Candelaria, D. Domingo y Dª. Encarnacion presentó el día 18 de septiembre de 2009 escrito de interposición de recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 18 de abril de 2008, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 14ª), en el rollo de apelación nº 686/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 754/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 22 de los de Barcelona.

  2. - Mediante Providencia de 22 de septiembre de 2009 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - El Procurador D. José Andrés Cayuela Castillejo, en nombre y representación de D. Juan Francisco

    , D. Alvaro, D. Benjamín, Dª. Candelaria, D. Domingo y Dª. Encarnacion, presentó escrito ante esta Sala el día 1 de octubre de 2009, personándose en concepto de parte recurrente, al tiempo que el procurador

    D. Alberto Hidalgo Martínez, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000 - NUM001 de Barcelona, presentó escrito el día 27 de octubre de 2009, personándose en concepto de parte recurrida .

  4. - La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Juan Francisco, D. Alvaro, D. Benjamín, Dª. Candelaria, D. Domingo y Dª. Encarnacion, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de D. Juan Francisco, D. Alvaro,

    D. Benjamín, Dª. Candelaria, D. Domingo y Dª. Encarnacion, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Juan Francisco, D. Alvaro, D. Benjamín, Dª. Candelaria, D. Domingo y Dª. Encarnacion contra la Sentencia dictada, con fecha 18 de abril de 2008, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 14ª), en el rollo de apelación nº 686/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 754/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 22 de los de Barcelona.

  4. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    Contra este Auto no cabe recurso alguno a tenor del art. 483.5 LEC.

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