ATS, 21 de Junio de 2011

PonenteJOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL
ECLIES:TS:2011:6649A
Número de Recurso2175/2010
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución21 de Junio de 2011
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Junio de dos mil once. I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de DON Torcuato con fecha 9 de diciembre de 2010, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de septiembre de 2010, por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección 3ª), en el rollo nº 578/2009, dimanante del juicio ordinario nº 323/2008 procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vinaroz.

  2. - Por Diligencia de Ordenación de 13 de diciembre de 2010 se tuvo por interpuesto y se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma y emplazado a las partes litigantes a través de sus Procuradores.

  3. - La Procuradora Doña María del Pilar Vega Valdesueiro, presentó escrito ante esta Sala el 21 de enero de 2011, personándose en nombre y representación de Don Torcuato, en calidad de parte recurrente. No ha comparecido la parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el deposito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Jose Ramon Ferrandiz Gabriel

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por Don Torcuato, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose, en este momento procesal, causa legal de inadmisión.

  2. - No siendo precisa la apertura del trámite procesal previsto en el art. 485 LEC 2000, al no haberse personado, en legal forma, en el presente rollo, la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por DON Torcuato, contra la Sentencia dictada, con fecha 13 de septiembre de 2010 por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección 3ª ), en el rollo de apelación nº 578/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 323/2008 del Juzgado Mercantil nº 2 de Vinaroz.

  4. - Y queden los presentes autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación.

    Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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