ATS, 10 de Mayo de 2011
Jurisdicción | España |
Fecha | 10 Mayo 2011 |
AUTO
En la Villa de Madrid, a diez de Mayo de dos mil once. I. HECHOS
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- Por la representación procesal de Dª Begoña, con fecha 5 de noviembre de 2010 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 8 de septiembre de 2010, por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº L2 16/2010 dimanante de los autos de divorcio contencioso nº 565/06 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Bilbao.
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- Por Diligencia de Ordenación de fecha 10 de noviembre de 2010 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación y al Ministerio Fiscal con fecha 12 y 15 de noviembre de 2010 respectivamente.
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- Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora Dña. BEATRIZ RUANO CASANOVA, en nombre y representación de Dª Begoña, presentó escrito ante esta Sala con fecha 10 de diciembre de 2010, personándose en calidad de parte recurrente . No se ha personado el recurrido en las presentes actuaciones. Es interviniente el Ministerio Fiscal.
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- Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Rafael Gimeno-Bayon Cobos
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª Begoña, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, al MINISTERIO FISCAL por veinte días a fin de que alegue lo que a Derecho convenga.
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PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª Begoña contra la Sentencia dictada, en fecha 8 de septiembre de 2010, por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº L2 16/2010 dimanante de los autos de divorcio contencioso nº 565/06 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Bilbao.
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) Y entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, al MINISTERIO FISCAL, para que alegue lo que a Derecho convenga en el plazo de VEINTE DÍAS . De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.