ATS, 12 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Abril 2011

AUTO

En la Villa de Madrid, a doce de Abril de dos mil once. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de DON Luis Pablo presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, en fecha 8 de julio de 2010, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 978/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 402/2008 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Mula.

  2. - Habiéndose tenido por interpuesto el recurso, se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de TREINTA DÍAS, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes con fecha 25 de octubre de 2010.

  3. - Formado el presente rollo, por el procurador Sr. De Gandarillas Martos se ha presentado escrito en fecha 11 de noviembre de 2010, en nombre y representación de DON Luis Pablo, personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, la procuradora Sra. Isla Gómez presentó escrito con fecha 11 de noviembre de 2010, en nombre y representación de DON Edmundo, personándose en concepto de parte recurrida. No se ha personado, sin embargo, ante esta Sala DOÑA Lidia .

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de DON Luis Pablo, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en los arts. 469, 470.1 y 2 y 471 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 474 de la LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de DON Luis Pablo contra la sentencia dictada, en fecha 8 de julio de 2010, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 978/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 402/2008 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Mula. 2.- Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de VEINTE DÍAS, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    De acuerdo con lo dispuesto en el art. 473.3 de la LEC, contra esta resolución no cabe recurso alguno.

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