SAP Barcelona 1391/2010, 30 de Noviembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Noviembre 2010
Número de resolución1391/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN VEINTE

ROLLO Nº 23/2010

JUICIO DE FALTAS Nº 2/2010

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE ARENYS DE MAR

S E N T E N C I A Nº 1391/2010

En la ciudad de Barcelona, a 30 de Noviembre de 2010.

VISTO, en nombre de su Majestad el Rey, por el Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. FERNANDO PEREZ MAIQUEZ como Magistrado/a de la Sección Veinte de esta Audiencia Provincial, el rollo de Apelación nº 23/2010 dimanante del Juicio Verbal de Faltas seguido por el Juzgado de Instrucción nº 6 de Arenys de Mar, con el número 2/2010 por una falta de injurias; entre partes, de una y como apelante Emiliano dirigido por la Letrada Sra. Rabasco Carvajal; y de otra como apelada Nicolasa dirigida por la Letrada Sra. Serra Bosch y siendo también parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 6 de Arenys de Mar con fecha 30 de enero de 2010 se dictó sentencia en el Juicio Verbal de Faltas del que trae causa el presente rollo, en cuya parte dispositiva, textualmente se dice: "Que debo condenar y condeno a Emiliano como autor de una falta de INJURIAS del artículo 620.2º a la pena de 8 días de localización permanente y a la prohibición de comunicación de 2 meses con la denunciante. Condenando al denunciado a las costas del procedimiento si las hubiere, excluidas las de la acusación particular".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia se interpuso recurso de apelación por Emiliano, el cual en dicho recurso como parte apelante solicitó la revocación de la sentencia recurrida por infracción del principio "in dubio pro reo" y por mostrar error en la valoración de la prueba. Al darse traslado del recurso el Ministerio Fiscal solicitó la declaración de nulidad de las gestiones de instancia por no contener hechos probados. Por su parte la defensa de Nicolasa solicitó la confirmación de la sentencia apelada.

TERCERO

En la tramitación de este rollo se han observado las prescripciones legales, habiendo correspondido en turno de reparto la resolución del presente recurso al Ilmo. Sr. Magistrado que dicta ésta Sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- De la lectura de la sentencia apelada se desprende que no contiene hechos probados sino únicamente que se presento denuncia sobre unos hechos pero sin declarar si los hechos denunciados quedaron o no probados, sin que sea aceptable la complementación de los...

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