STSJ Comunidad Valenciana 3417/2010, 14 de Diciembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3417/2010
Fecha14 Diciembre 2010

2 Rec. Contra Sent nº 1366/10

Recurso contra Sentencia núm. 1366 de 2010

Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo

Presidente

Ilma.Sra. Dª María Montés Cebrian

ILma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

En Valencia, a catorce de diciembre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 3417 de 2.010

En el Recurso de Suplicación núm. 1366/10, interpuesto contra la sentencia de fecha 5-3-10, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 9 de Valencia, en los autos núm. 624/09, seguidos sobre INCAPACIDAD TEMPORAL, a instancia de Dª Isabel, asistida del Letrado Dª Ana María Valero Nadal, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y contra la MUTUA UMIVALE, representada por el Letrado D. Juan Manuel Romero Colomer, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª María Montés Cebrian.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 5-3-10, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la excepción de caducidad de la instancia opuesta por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la MUTUA UMIVALE frente a la demanda de abono del subisdo de IT de la baja iniciada el 28-6-08 formulada Dª. Isabel contra las citadas demandadas, debo absolver y absuelvo a las mismas, sin entrar a conocer del fondo del asunto .".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: " PRIMERO.- La demandante Dª. Isabel, con documento nacional de identidad n° NUM000, se encuentra afiliada a la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social, con el nº NUM001 .SEGUNDO.-La actora el día 30-1-07, prestando servicios en dicha fecha para la empresa Cebollas Tara S.L como Encajadora, inició un proceso de enfermedad común con el diagnóstico de "Estados de ansiedad".TERCERO.-En fecha 14-12-07 la Consellería de Sanidad propuso al INSS la valoración de la IT de la actora a los efectos del art,128.1.a de la LGSS, con el siguiente juicio clínico residual: "TAD de evolución tórpida durante este año y en tto por psiquiatra. Además aumento de la gonalgia bilateral que le hace especialmente penoso estar en bipedestación como requiere su puesto de trabajo".CUARTO.- El día 27-06-08 el INSS emitió el alta médica de la actora, con el siguiente reconocimiento médico al alta: Diagnóstico principal: Estados de ansiedad.-Diagnóstico: Artrosis de rodillas, insuficiencia venosa, fibromialgia.Datos del reconocimiento médico: Paciente de 56 años de profesión encajadora y en situación de IT por Estado de ansiedad.Antecedentes Personales: IQ varices MMII, insuficiencia venosa MMII, amigdalectomizada y Apendicectomizada.Enfermedad actual: Aporta informe de MAP de fecha 27-11-07 donde indica que la paciente ha sido visitada hace 7 días por reumatólogo por artrosis de rodillas y ha sido derivada a rehabilitación y tratamiento médico con Condrosán y Parital. También presenta artrosis de manos.Cuadro ansioso depresivo.Aporta informe de reumatólogo de fecha 27-11-07 donde indica que la paciente presenta una artrosis bilateral de rodillas grado 3 de Kellgren Lawrence y artrosis de manos con nódulos de Bouchard y Heberden.Aporta informe de psiquiatra de fecha 1/06/07 donde indica episodio depresivo de intensidad moderada trastorno de ansiedad no especificada, Inicialmente modificó tratamiento farmacológico y posteriormente se abordará toma de decisión por el problema laboral.Tratamiento Orfidal, Deprax, Cymbalta. Aporta informe de neurología de fecha 24/05/07 por sensación disestesia facial. IRM angio IRM cerebral normales, Valorar aumento o modificación de tratamiento psicológico .Refiere dolor generalizado por todo el cuerpo y sensación de cansancio. También refiere que el inicio de esta sintomatología fue un enfrentamiento grave en su empresa.Aporta tratamiento psiquiatra con Fluoxetina, Orfidal, Luidomil, Deprax, tiene cita el 27-2-08.Inf USM 28-2-08 episodio depresivo de intensidad leve moderada, el T de ansiedad está en remisión completa, la evolución del cuadro depresivo ha sido tórpida con discreta mejoría sin criterios de respuesta y mala tolerancia a los ATD. Dificultad de concentración irritabilidad, cansancio excesivo. Es de esperar respuesta en 4-6 semanas pero hay problema laboral no resuelto.-Tuvo un cólico nefrítico y recuperado en enero .-La paciente hace tareas caseras pero con apatía y desinterés acusado, pérdida de motivación, variabilidad en el estado de humor, se expresa bien, recuerda bien los hechos habituales. Destaca la aparición de dolores intensos en cuanto sale de su actividad cotidiana.-Exploración: Obesidad (96Kg 1# 62cm= IMC 36#57 obesidad grado III): Movilidad miembros normal. Rodillas deformadas con dolores difusos en interlineas articulares. Puntos dolorosos de Fibromialgia 17/18 en grado leve moderado.-Insuficiencia venosa de MMII con pigmentación por debajo de los tobillos.RX cervical, dorsolumbar, caderas con leves signos artrósicos.Inf radiología cifosis dorsal, mínimos cambios espondilósicos, horizontalización sacra.RX pelvis hallazgos compatibles con sacroileitis bilateral. Tratamiento efectuado: Tto actual con Fluoxetina, Orfidal, Trofranil, Deprax, Efelargán y últimamente le han añadido Artilog con inicio progresivo.-CONCLUSIONES:Marcha en terreno irregular. Apatía.-Juicio Clínico Laboral: Paciente con polipatología que debía afectar a su rendimiento con problemas en la empresa. Actualmente con sintomatología psiquiátrica moderada. Artrosis de rodillas en grado III, resto osteoarticular con hallazgos en grado leve-moderado.".-QUINTO.- Contra dicha alta médica formuló la actora reclamación previa que fue desestimada por resolución de fecha 25-8-08 y posteriormente de demanda( que obrando en autos se da por reproducida) en la que alegaba que "..causé baja médica ...en fecha 30 de enero de 2007 por encontrarme aquejada de artrosis que afectaba a rodillas, insuficiencia venosa, fibromialgia y crisis de ansiedad y depresión. ........, no me encuentro en condiciones físicas ni psíquicas de reincorporarme a mi

puesto de trabajo....." Dicha demanda se turnó al Juzgado de lo Social nº2 de esta ciudad, dando lugar a

los autos 1.043/08, desistidos por la actora el 31-3-09. .SEXTO.- El 21-07-08 el facultativo de la Consellería de Sanidad expidió nuevo parte médico de baja derivado de enfermedad común, por "Sacroilitis- NCOC-" con fecha de efectos de la baja de 28-6-09 . En dicho parte de baja consta que la baja no es por recaída . SÉPTIMO.- El día 22-07-08 la parte actora presentó ante el INSS "Solicitud de expedición de baja médica por recaída. Art.128"; OCTAVO.- En fecha 3-9-08 el médico evaluador del INSS emitió de evaluación de la IT de fecha de baja 28-6-08 determinando el siguiente cuadro clínico: " .- Diagnóstico principal: Fibromialgia.-Diagnóstico: Artrosis de rodillas, insuficiencia venosa, fibromialgia y sdr. depresivo.-Datos del reconocimiento médico: Paciente de 56 años de profesión encajadora y en situación de IT por artrosis de rodillas, insuficiencia venosa, fibromialgia y sdr. Depresivo.Antecedentes personales: IT previa 17 meses por Artrosis de rodillas, insuficiencia venosa, fibromialgia y sdr. depresivo.-Fecha baja 30/01/07.-Fecha alta 27/06/08.-IT actual por Artrosis de rodillas, insuficiencia venosa, fibromialgia y sdr. depresivo.-Fecha baja 28/06/08.-Enfermedad actual: Paciente en IT por artrosis de rodillas, insuficiencia venosa, fibromialgia . Refiere la paciente que hace 1 mes pasó por Tribunal Médico por petición propia. Aporta informe de radiología del Hospital de Requena de fecha 16/06/08 donde indican en la RX de pelvis...

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