SAP Navarra 230/2010, 17 de Diciembre de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 230/2010 |
Fecha | 17 Diciembre 2010 |
S E N T E N C I A Nº 230/2010
Ilmos. Sres.
Presidente
D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ
Magistrados
D. FRANCISCO JOSÉ GOYENA SALGADO
D. RICARDO J. GONZÁLEZ GONZÁLEZ
En Pamplona/Iruña, a 17 de diciembre de 2010.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 150/2008, derivado del Autos de juicio ordinario, en ejercicio de la acción de indemnización de daños materiales producidos en accidente de circulación nº 586/2007, del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Pamplona/Iruña; siendo parte apelante, la entidad aseguradora codemandada "SEGUROS ALLIANZ", representada por la Procuradora Dª ANA ECHARTE VIDAL y asistida por la Letrada Dª SOCORRO SOTES RUIZ; parte apelada, el demandante,
D. Teodosio, representado por el Procurador D. JAVIER CASTILLO TORRES y asistido por el Letrado D. CARLOS IRUJO BERUETE.
Siendo Magistrado encargado de la redacción de la Sentencia el Ilmo. Sr. D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Con fecha 4 de marzo de 2008, el referido Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Pamplona/ Iruña dictó Sentencia en Procedimiento ordinario nº 586/2007, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"DEBO ESTIMAR Y ESTIMO parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. JAVIER CASTILLO TORRES, en nombre y representación de D. Teodosio, y DEBO CONDENAR Y CONDENO solidariamente a D. Balbino y SEGUROS ALLIANZ, a indemnizarle en la cantidad de SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA EUROS, más los intereses moratorios desde el 28 de octubre de 2006 hasta el 19 de junio de 2007, a cargo de la aseguradora demandada, y los intereses legales del art. 576 LEC ".
Contra la indicada sentencia preparó en tiempo y forma recurso de apelación la entidad aseguradora codemandada Seguros Allianz, interponiéndose el mismo mediante escrito presentado con fecha 24 de abril de 2008. En el cual después de exponer los motivos de recurso que tuvo por conveniente, solicita de este Tribunal, que dictara sentencia, en la cual, se dicte sentencia "estimando íntegramente el recurso".
Conferido oportuno traslado, por la representación procesal, del demandante, mediante escrito presentado con fecha 20 de mayo de 2008, se opuso al recurso de apelación articulado de adverso, interesando la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente.
Enviados los autos a este Tribunal y turnados a la presente Sección, después de adoptarse las resoluciones de ordenación procesal pertinentes, mediante providencia de fecha 21 de abril de 2009, se acordó señalar para deliberación y resolución del presente recurso el día 15 de mayo, fecha en la que tuvo lugar el acto acordado.
Mediante diligencia extendida por la Sra. Secretario con fecha 17 de diciembre se determinó que por razón de acumulación de ponencias pendientes de redacción, en el Ilmo. Sr. Magistrado a quien se le atribuyó la ponencia del asunto, la concreta redacción de la sentencia, se encomendaba al Ilmo. Sr. Magistrado Presidente de la Sección D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ.
En la tramitación del presente recurso, se han observado, las prescripciones legales, excepción hecha del plazo para dictar sentencia, por la razón precedentemente considerada en el anterior antecedente.
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida.
En el primer y único motivo de recurso, articulado, por la representación procesal de la entidad codemandada "SEGUROS ALLIANZ", se exponen las razones, por las cuales se discrepa de la sentencia de instancia. Y si bien no se concreta, con la necesaria especifidad, en el suplico del escrito de interposición de recurso, la pretensión que aquí se mantiene, al parecer radica, en que se reconozca, en exclusiva al demandante, el importe de la reparación del vehículo siniestrado, en el accidente que tuvo lugar el día 28 de octubre de 2006, matrícula .... MMB, en el importe de tal reparación, peritado, por el perito comisionado al efecto, por la entidad aseguradora codemandada Sr. Horacio, por el importe total IVA incluido de 5.921,65 #.
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