ATS, 9 de Diciembre de 2010

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2010:15266A
Número de Recurso1232/2010
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Diciembre de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de "LOS LAGOS DE SANTA MARÍA GOLF, S.L." presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 22 de abril de 2010, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5ª) en el rollo de apelación nº 690/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1733/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Marbella.

  2. - Habiéndose tenido por interpuesto el recurso, se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de TREINTA DÍAS, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes con fecha 1 de julio de 2010.

  3. - Formado el presente rollo, por la Procuradora Sra. Jiménez Torrecillas se ha presentado escrito en fecha 22 de julio de 2010, en nombre y representación de "LOS LAGOS DE SANTA MARÍA GOLF, S.L.", personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, la Procuradora Sra. Gutiérrez Álvarez presentó escrito con fecha 1 de septiembre de 2010, en nombre y representación de DON Everardo y DOÑA Coro

    , personándose en concepto de parte recurrida. No se han personado ante esta Sala los también recurridos DOÑA Mercedes y DON Maximiliano .

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "LOS LAGOS DE SANTA MARÍA GOLF, S.L.", al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, LEC 2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en los arts. 479.1 y 3 y 481 de la misma Ley procesal, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 de la LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "LOS LAGOS DE SANTA MARÍA GOLF, S.L." contra la Sentencia dictada, en fecha 22 de abril de 2010, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5ª) en el rollo de apelación nº 690/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1733/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Marbella. 2.- Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de VEINTE DÍAS, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC, contra esta resolución no cabe recurso alguno.

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