SAP Guadalajara 3/2012, 23 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha23 Marzo 2012
Número de resolución3/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00003/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GUADALAJARA

PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Tfno.: 949-20.99.00

Fax: 949-23.52.24

ROLLO: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 15/2009

Procedimiento de Origen: Juzgado de Instrucción de Molina de Aragón

Juzgado de Procedencia: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 4/11

Contra: Carmen Jacinta, Cornelio Evelio, Jeronimo Gregorio, Adriano Eleuterio, Everardo Marcial, Ezequias Fernando, Teodoro Miguel, Torcuato Vidal, Gervasio Ildefonso, Bernabe Pedro, Araceli Rosalia, Blanca Rosalia, Aurelio Obdulio, Pascual Lucio, Celsa Olga, Justo Nicanor

Procurador/a: ANA ROSA CALLEJA GARCIA, LUIS MIGUEL PALERO DEL OLMO, MARIA BLANCA GUTIERREZ GARCIA, MARIA SONSOLES CALVO BLAZQUEZ, MARIA DE LAS MERCEDES ROA SANCHEZ, ANA ROSA CALLEJA GARCIA, SANTOS MONGE DE FRANCISCO, ELADIA RANERA RANERA, M PILAR ORTIZ LARRIBA, ROCIO PARLORIO DE ANDRES, ROCIO PARLORIO DE ANDRES, MARTA MARTINEZ GUITIERREZ, SANTOS PASCUA DIAZ, MARIA BLANCA GUTIERREZ GARCIA, MARIA BLANCA GUTIERREZ GARCIA, M ROCIO PARLORIO DE ANDRES

Letrado/a: GONZALO ESQUER RUFILANCHAS, YOLANDA SANCHEZ HERNANDEZ, SILVIA PALOMO GUTIERREZ, MIRIAM GALINDO MARTENS, JESUS MARTINEZ ADEVA, GONZALO ESQUER RUFILANCHAS, ENRIC PIÑANA FORNOS, MAGDALENA TORRES MONTEJANO, DAVID CEREIJO ANACABE, JORGE GRAUPERA EXPOSITO, PEDRO PRADA GARRUDO, DANIEL LOPEZ PEREZ,

MINISTERIO FISCAL

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

Dª ISABEL SERRANO FRÍAS

  1. MANUEL EDUARDO REGALADO VALDÉS

  2. JOSE AURELIO NAVARRO GUILLÉN

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S E N T E N C I A Nº 3/12

En Guadalajara, a 23 de marzo de dos mil doce VISTOS en juicio oral y público ante esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Abreviado 4/2011 procedentes del Juzgado de Instrucción de Molina de Aragón, seguidos por un delito Contra la Salud Publica contra Carmen Jacinta con DNI NUM000, Cornelio Evelio con DNI NUM001, Jeronimo Gregorio con DNI NUM002, Adriano Eleuterio con DNI NUM003, Everardo Marcial con NIE NUM004, Ezequias Fernando con DNI NUM005, Teodoro Miguel con NIE NUM006, Torcuato Vidal con NIE NUM007, Gervasio Ildefonso con DNI NUM008, Bernabe Pedro con NIE NUM009, Araceli Rosalia con DNI NUM010, Blanca Rosalia con DNI NUM011, Aurelio Obdulio con DNI NUM012, Pascual Lucio con DNI NUM013, Celsa Olga con DNI NUM014, Justo Nicanor con NIE NUM015, representados por los procuradores: ANA ROSA CALLEJA GARCIA, LUIS MIGUEL PALERO DEL OLMO, MARIA BLANCA GUTIERREZ GARCIA, MARIA SONSOLES CALVO BLAZQUEZ, MARIA DE LAS MERCEDES ROA SANCHEZ, ANA ROSA CALLEJA GARCIA, SANTOS MONGE DE FRANCISCO, ELADIA RANERA RANERA, Mª PILAR ORTIZ LARRIBA, ROCIO PARLORIO DE ANDRES, ROCIO PARLORIO DE ANDRES, MARTA MARTINEZ GUITIERREZ, SANTOS PASCUA DIAZ, MARIA BLANCA GUTIERREZ GARCIA, MARIA BLANCA GUTIERREZ GARCIA, M ROCIO PARLORIO DE ANDRES, y defendidos por los letrados: GONZALO ESQUER RUFILANCHAS, YOLANDA SANCHEZ HERNANDEZ, SILVIA PALOMO GUTIERREZ, MIRIAM GALINDO MARTENS, JESUS MARTINEZ ADEVA, GONZALO ESQUER RUFILANCHAS, ENRIC PIÑANA FORNOS, MAGDALENA TORRES MONTEJANO, DAVID CEREIJO ANACABE, JORGE GRAUPERA EXPOSITO, PEDRO PRADA GARRUDO, DANIEL LOPEZ PEREZ, con intervención del MINISTERIO FISCAL y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ISABEL SERRANO FRÍAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Recibido en este Tribunal la presente causa se registró y formo el correspondiente rollo. Tras los tramites pendientes resolviendo sobre la admisión de las pruebas propuestas por las partes y señalando día y hora para la celebración del juicio oral.

SEGUNDO

Los días 12 y 13 de marzo del año en curso se ha celebrado el juicio oral. En dicho acto una vez practicadas las pruebas el Ministerio Fiscal elevo en parte a definitivas sus conclusiones provisionales que eran las siguientes:

Los acusados Blanca Rosalia, mayor de edad con doble nacionalidad colombiana y española y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, Torcuato Vidal, mayor de edad y sin antecedentes penales, Everardo Marcial mayor de edad y sin antecedentes penales, Teodoro Miguel mayor de edad y sin antecedentes penales, Justo Nicanor mayor edad y sin antecedentes penales y Cesareo Urbano en paradero desconocido, en busca y captura, el cual tiene ordenada por el Juzgado de Instrucción de Molina de Aragón una orden europea de detención y entrega de fecha de 8 de abril de 2009, Araceli Rosalia mayor de edad y sin antecedentes penales y Bernabe Pedro mayor de edad condenado ejecutoriamente por sentencia firme de fecha 18 de marzo de 2003 dictada por la Audiencia Provincial de Madrid por delito contra la salud publica a 3 años de prisión, todos ellos de nacionalidad colombiana, se concertaron para constituir una red de distribución de cocaína con vocación de permanencia cuyo destino final serian las poblaciones de Alcalá de Henares donde residían los imputados Araceli Rosalia y su marido Bernabe Pedro los cuales a su vez distribuían la sustancia estupefaciente a terceras personas y a Barcelona donde residía Blanca Rosalia .

Así Blanca Rosalia desde su domicilio en Barcelona y Cesareo Urbano primero desde su domicilio en La URBANIZACIÓN000 provincia de Guadalajara y luego desde paradero desconocido al ser detenido por un delito de falsificación ocupando su lugar Araceli Rosalia y Bernabe Pedro desde Alcalá de Henares contactaban con personas no identificas en Colombia para que a través de correos humanos les remitieran la droga previo envío de remesas de dinero utilizando para ello la compañía Western Unión. Así, con fecha 16 de diciembre de 2008 la imputada Blanca Rosalia tras captar a los acusados Torcuato Vidal, Everardo Marcial y Teodoro Miguel les ordeno que fueran al aeropuerto de Barajas para recoger un pedido de droga que traía desde Colombia el acusado Justo Nicanor .

El 17 de diciembre de 2008 en el aeropuerto de Barajas fueron detenidos Torcuato Vidal en posesión de 1.350 euros, Everardo Marcial en posesión de 960 euros, y Teodoro Miguel en posesión de 5.710 euros todos ellos en compañía en Justo Nicanor el cual portaba entre sus pertenencias seis botes de distintos tamaños y leyendas en cuyo interior se encontraron 3.097, 94 gramos de cocaína liquida con una pureza de un 49%, Dicha sustancia hubiera adquirido en el mercado ilícito un valor de 172.073.62 euros.

Por otra parte y tras las intervenciones telefónicas autorizadas por resolución judicial a algunos de los teléfonos de los arriba identificados, así como los seguimientos policiales practicadas por el E.D.O.A. a las personas de Cesareo Urbano, Araceli Rosalia y Bernabe Pedro permitieron descubrir que primero Cesareo Urbano, y posteriormente sus suegros, el matrimonio formado por Araceli Rosalia y Bernabe Pedro, contactaban con el acusado Ezequias Fernando mayor de edad y sin, antecedentes penales y su mujer la también acusada Carmen Jacinta mayor de edad y sin antecedentes penales ambos desvinculados de la organización anterior, y vecinos de Cesareo Urbano en la URBANIZACIÓN000 provincia de Guadalajara a fin de entregarles cocaína para su posterior distribución a terceros.

Las intervenciones telefónicas autorizadas a los teléfonos de Ezequias Fernando pusieron de manifiesto que el matrimonio contactaba con numerosas personas; a algunas el matrimonio proporcionaba cocaína con ánimo de lucro y otras personas les proporcionaban a ellos otras sustancias estupefacientes, principalmente, hachis y cannabis sativa cuyo destino final era la transmisión a terceros. Las intervenciones telefónicas permitieron descubrir que el acusado Aurelio Obdulio mayor de edad y sin antecedentes penales realizaba actos de colaboración con el matrimonio formado por los acusados Ezequias Fernando y Carmen Jacinta tendente a recaudar las ganancias obtenidas por la venta de la sustancia estupefaciente o bien distribuir para ellos parte de la droga. De estas intervenciones telefónicas, así como las autorizadas a los teléfonos de los siguientes acusados Pascual Lucio y su mujer Celsa Olga mayores de edad y sin antecedentes penales, Cornelio Evelio mayor de edad y sin antecedentes penales, Jeronimo Gregorio mayor de edad y sin antecedentes penales, Adriano Eleuterio mayor de edad y sin antecedentes penales y Gervasio Ildefonso mayor de edad y sin antecedentes penales se descubrió que los arriba identificados tenían como actividad principal destinar a terceros sustancias estupefacientes principalmente, cocaína y hachis, Pascual Lucio, Celsa Olga y Gervasio Ildefonso distribuían a terceros hachis con animote lucro. Mientras que los acusados Cornelio Evelio, Jeronimo Gregorio y Adriano Eleuterio distribuían a terceros con ánimo de lucro cocaína.

En el domicilio de Araceli Rosalia y Bernabe Pedro sito en la CALLE000 de Alcalá de Henares se aprehendieron 197,78 gramos de cocaína con una pureza de 72,1% tras la autorización de entrada y registro dictada por el Juzgado de Instrucción de Molina de Aragón mediante auto de fecha de 17 de diciembre de 2008 . En el bar "casa Beni" propiedad de los acusados se encontró detrás de la barra una bolsita de plástico que contenía unan sustancia de color blanca que tras ser analizada resulto ser cocaína con un peso aproximado de 2 gramos. Dicha sustancia hubiera adquirido en el mercado ilícito un valor de 17.371,79 euros.

Tras la entrada y registro en el domicilio de Ezequias Fernando y Carmen Jacinta autorizada por el Juzgado de Instrucción de Molina de Aragón por auto de 17 de diciembre de 2008 ser aprehendieron diferentes tipos de sustancias estupefacientes, así, cinco trozos de una sustancia de color marrón que tras ser analizada resulto ser hachis con un peso de 2.1 gramos, cuatro trozos de una sustancia compacta de color marrón que tras ser analizada resulto ser hachis con un peso de 218,28 gramos de...

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