SAP Sevilla 460/2011, 8 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha08 Noviembre 2011
Número de resolución460/2011

Rollo nº 1797/2011

115

S E N T E N C I A

Ilmos. Sres.:

Don Juan Márquez Romero

Don Conrado Gallardo Correa

Don Fernando Sanz Talayero

En la ciudad de Sevilla a 8 de noviembre de 2.011.

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos de juicio ordinario nº 1532/2009 sobre reclamación de 58.785 # en concepto de devolución de anticipo por la realización de un viaje que hubo de ser cancelado, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sevilla, penden en grado de apelación ante este Tribunal, promovidos por Don Nicanor, DNI NUM000, Doña Marcelina,DNI NUM001, ambos mayores de edad y vecinos de Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas), Don Roberto, DNI NUM002, Doña Noelia, DNI NUM003, ambos mayores de edad y vecinos de Sevilla, Don Severiano

, DNI NUM004, Doña Rita, DNI NUM005, ambos mayores de edad y vecinos de Gines (Sevilla), Don Jose Carlos, DNI NUM006, Doña Tarsila, DNI NUM007, Don Luis María, DNI NUM008 y Doña Marí Trini, DNI NUM009, los cuatro mayores de edad y vecinos de Sevilla, representadoa por el Procurador Don Santiago Rodríguez Jiménez y defendidos por el Abogado Don Manuel Salinero González-Piñero, contra VIAJES EL CORTE INGLÉS, S.A., CIF A 28/229813, con domicilio social en Madrid, representada por el Procurador Don Antonio González Falcó y defendida por el Abogado Don Isidoro Alamillos Moya. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos del recurso de apelación interpuesto por la primera de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 4 de octubre de 2.010, aclarada por auto de 15 de noviembre de 2.011, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice literalmente: "Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador/a Sr./a Rodríguez Jiménez en nombre y representación de D. Nicanor, Dª. Marcelina, D. Roberto, Dª. Noelia, D. Severiano, D. Jose Carlos, Dª. Tarsila, D. Luis María, Dª. Marí Trini Y Dª. Rita, contra VIAJES EL CORTE INGLÉS, S.A., y en consecuencia debo absolver y absuelvo a ésta última de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda, sin perjuicio del acogimiento del allanamiento parcial efectuado por la demandada en autos con entrega al actor del montante consignado. Con imposición de costas a la parte actora".

Segundo

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, y admitido el mismo, tras formular escrito de oposición la parte demandada, se elevaron seguidamente los autos originales a este tribunal, e iniciada la alzada y seguidos todos los trámites se señaló el día 8 de noviembre de 2.011 para la deliberación y fallo. Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Conrado Gallardo Correa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La parte actora recurre la sentencia que desestima su demanda de reclamación de devolución de cantidades entregadas como pago anticipado del precio de un viaje anulado alegando, en esencia, que la demandada no ha justificado que la cantidad que retiene, 58.758 # se corresponda con gastos de cancelación de los que haya tenido que hacerse cargo como consecuencia del desistimiento de los actores con respecto al viaje y que particularmente tales gastos de cancelación no se acreditan con los documentos 50 y 56, 76, 77 y 78 de los aportados con la contestación a la demanda. Se recurre en todo caso la condena en costas por entender que ha habido una estimación parcial de la demanda.

Segundo

De acuerdo con el artículo 160 del Texto Refundido de la Ley...

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