SAP Madrid 335/2011, 18 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución335/2011
Fecha18 Noviembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28

MADRID

SENTENCIA: 00335/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 28

C/ General Martínez Campos nº 27.

Teléfono: 91 4931988/89

Fax: 91 4931996

ROLLO DE APELACIÓN Nº 151/2011.

Procedimiento de origen: Juicio Ordinario nº 235/2005.

Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid.

Parte recurrente: SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES

Procurador: D. José María Murua Fernández

Letrado: D. Eduardo Ezpondaburu Marco

Parte recurrida: FERCO OCIO, S.L.

Procuradora: Dª Paloma Vallés Tormo

Letrado: D. Luis Miguel Vallés Tormo

SENTENCIA Nº 335/2011

En Madrid, a dieciocho de noviembre de dos mil once.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados D. Ángel Galgo Peco, D. Gregorio Plaza González y D. Alberto Arribas Hernández, los presentes autos de juicio ordinario sustanciados con el núm. 235/2005 ante el Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Madrid, pendientes en esta instancia al haber apelado la parte demandante la Sentencia que dictó el Juzgado el día veintidós de julio de dos mil nueve.

Han comparecido en esta alzada la demandante, SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES, representada por el Procurador de los Tribunales D. José María Murua Fernández y asistida del Letrado D. Eduardo Ezpondaburu Marco, así como la demandada, FERCO OCIO, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Paloma Vallés Tormo y asistida del Letrado D. Luis Miguel Vallés Tormo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del siguiente tenor: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES, debo absolver y absuelvo a la demandada FERCO OCIO, S.L. de las pretensiones ejercitadas en su contra.

Todo ello con especial imposición a la parte demandante de las costas originadas en el proceso.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante y, evacuado el traslado correspondiente, se presentó escrito de oposición, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, en donde fueron turnados a la presente Sección y, seguidos los trámites legales, se señaló para la correspondiente deliberación, votación y fallo el día diecisiete de noviembre de dos mil once.

Ha intervenido como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Gregorio Plaza González.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES interpuso demanda de juicio ordinario frente a la mercantil FERCO OCIO, S.L. en reclamación de cantidad de 3.985,09 Ñ como indemnización derivada de la comunicación pública de obras protegidas en el establecimiento titularidad de la demandada denominado "San Francisco II", por el periodo comprendido entre el mes de noviembre de 2001 y mayo de 2004, ambos inclusive.

La demandada fue declarada en rebeldía, personándose en el procedimiento con anterioridad a la fecha señalada para la audiencia previa.

La sentencia resultó desestimatoria de la pretensión, por entender que se produjo un cambio de titularidad en la explotación del local en fecha 13 de agosto de 2003, de manera que cuando se efectúa la visita al local por un detective privado, según informe acompañado a la demanda, el día 2 de abril de 2004, el local ya no era explotado por la demandada.

Frente a dicha resolución se alza el recurso de apelación interpuesto por la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES por entender que concurre un error en la valoración de la prueba. A tal efecto señala que se acompañó a la demanda el informe de detective privado que acreditaba la utilización de los aparatos de música, hecho no negado de contrario, informe que fue adverado por el investigador en el acto de la vista. Reconoce la recurrente el cambio en la titularidad del local, pero añade que la demandada en todo caso explotó el local en el periodo comprendido entre el día 22 de marzo de 2001 y el 13 de agosto de 2003, por lo que, como ya consta en el acto del juicio, reduce su reclamación a la liquidación correspondiente a las tarifas aplicables a dicho período, por importe de 2.663,32 euros.

En su escrito de oposición manifiesta FERCO OCIO, S.L. que el informe del detective fue impugnado tanto en la audiencia previa como en la vista...

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