SAP A Coruña 1/2012, 10 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1/2012
Fecha10 Enero 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

A CORUÑA

SENTENCIA: 00001/2012

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000153 /2011

Ilmo/s. Sr/es. Magistrado/s:

ANGEL PANTÍN REIGADA, PRESIDENTE

JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ HERRERO

JOSÉ GÓMEZ REY

SENTENCIA

Nº1/12

En Santiago, a diez de Enero de 2012.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, CON SEDE EN SANTIAGO, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000368 /2010, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de SANTIAGO DE COMPOSTELA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000153 /2011, en los que aparece como parte apelante, SOCIEDAD DE CAZA O CASTELO, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. JOSE PAZ MONTERO, y como parte apelada, Santiaga, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. SUSANA SÁNCHEZ BARREIRO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. D. JOSÉ GÓMEZ REY, quién expresa el parecer de la Sala y procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de SANTIAGO DE COMPOSTELA, por el mismo se dictó sentencia con fecha 22-11-2010, cuya parte dispositiva dice: "Debo acordar y acuerdo estimar la demanda formulada por Dª. Santiaga, y Reale Seguros Generales, contra la Sociedad de Caza O Castelo, y en consecuencia, condeno a la parte demandada a pagar a Reale Seguros la cantidad de 3.712,83 euros, y a Dª. Santiaga, la cantidad de 240 euros, y al abono de los intereses legales que dichas sumas generen desde la fecha de la presentación de la demanda, el 8 de Abril de 2010, hasta la fecha de la presente resolución, a partir de este momento, comenzarán a devengarse los intereses del art. 576 de la vigente LEC .

Se imponen las costas al demandado.

Inclúyase la presente en el Libro de Sentencias.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por SOCIEDAD DE CAZA O CASTELO, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y cumplidos los trámites correspondientes se remitieron las actuaciones a este Tribunal, señalándose Deliberación, Votación y Fallo el 25 DE NO VIEMBRE DE 2011, en que ha tenido lugar lo acordado. TERCERO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada,

PRIMERO

El presente litigio dimana del hecho, no infrecuente, de un accidente de tráfico ocasionado por un animal de una especie cinegética, en este caso un jabalí, que invade la carretera y es atropellado por un vehículo, con los consiguientes daños para el vehículo.

La controversia tiene por objeto la responsabilidad del titular del coto de caza por donde discurre la vía y de donde procede el animal; en el presente asunto, de la Sociedad de Caza O Castelo, titular del TECOR societario "O Castelo", a quién demandan la aseguradora REALE SEGUROS GENRALES, que actúa por subrogación al amparo del artículo 43 de la Ley de Contrato de Segur, y Dª. Santiaga en cuanto a los daños no abonados por su aseguradora. La cantidad que se reclama es la de 3.712,83 euros por la aseguradora y la de 240 euros por la propietaria del vehículo dañado.

SEGUNDO

La cuestión que se plantea exige una toma de posición sobre la interpretación que haya de darse a la Disposición Adicional Novena de la Ley 17/2005, de 19 de julio, incorporada al Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, según la cual aquellos titulares de aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto, los propietarios de los terrenos, responderán cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la...

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