STSJ Comunidad de Madrid 104/2011, 16 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución104/2011
Fecha16 Febrero 2011

RSU 0006045/2010

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00104/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª- (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 4 0043981 /2010, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 6045/2010

Materia: DESEMPLEO

Recurrente/s: Heraclio

Recurrido/s: SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL Nº 27 de MADRID, DEMANDA 1167/2009

J.S.

Sentencia número: 104/2011

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

MIGUEL ÁNGEL LUELMO MILLÁN

MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES

LUIS GASCÓN VERA

En MADRID a 16 de Febrero de 2011, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 4ª de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el RECURSO SUPLICACIÓN 6045/2010, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. Esperanza Fuertes de la Torre en nombre y representación de Heraclio, contra la sentencia de fecha diez de mayo de dos mil diez, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL Nº 27 de MADRID, en sus autos número 1167/2009, seguidos a instancia de la parte recurrente frente al SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, sobre Desempleo, ha sido Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MIGUEL ÁNGEL LUELMO MILLÁN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- El demandante Heraclio, con D.N.I. NUM000 venía percibiendo el subsidio por desempleo para mayores de 52 años teniendo reconocidos 4.272 días y habiendo consumido 237 con fecha de inicio 4/5/2005.

SEGUNDO

En fecha 15/5/2006 presentó la declaración anual de renta IRPF del ejercicio 2005 declarando la no percepción de renta alguna a excepción del importe de 9.792,73 euros correspondiente al subsidio de desempleo.

TERCERO

El demandante tenía su domicilio en la C/ DIRECCION000, n° NUM001 de Torrejón de Ardoz desde el año 1998 en que adquirió dicha vivienda como habitual para su sociedad de gananciales gravada con préstamo hipotecario.

CUARTO

Ante la imposibilidad de asumir por el actor y su familia el coste de la hipoteca, adquirió el 27/5/2004 vivienda sita en C/ DIRECCION001, NUM002 formalizando una hipoteca puente hasta la venta de la vivienda de C/ DIRECCION000 .

Con fecha 19/1/2006 el actor vendió la vivienda de la C/ DIRECCION000, NUM001 generando una ganancia patrimonial de 80.066,55 euros por la diferencia.

QUINTO

En abril de 2005 el actor procedió a cambiar de domicilio dejándolo fijado en la vivienda sita en C/ DIRECCION001, NUM002 - NUM003 .

SEXTO

En agosto de 2007 el actor presentó ante el SPEE Declaración de rentas de la que resulta la percepción en junio de 2007 de la cantidad de 9.584,05 euros por el rescate de un plan de pensiones iniciado el 25/11/2001.

Asimismo presentó ante el SPEE la declaración de IRPF del ejercicio 2006 en la que aparecía una ganancia patrimonial por venta de vivienda de 80.066,55 euros y un importe reinvertido en la adquisición de nueva vivienda habitual de 97.428,25 euros.

SÉPTIMO

Con fecha 14/9/2007 el SPEE acuerda suspender la percepción del subsidio al actor con efectos de 30/7/2007 por no reunir el requisito de carecer de rentas superiores al 75% del SMI a consecuencia de la percepción de rentas desde el 1/1/2006 superiores al 75% SMI.

OCTAVO

Con fecha 30/7/2008, el actor solicitó la reanudación del subsidio de desempleo que no fue contestada; por lo que el 23/10/2008 formuló reclamación previa.

NOVENO

El 24/03/2009 el actor recibió comunicación del SPEE que informaba de la extinción del subsidio por no haber comunicado la pérdida de requisitos para su percepción habiendo generado un cobro indebido en el periodo 1/1/2006 a 30/7/2007 que alcanza la cuantía de 7.269,60 euros.

El actor formuló alegaciones y el 12/5/2009 dictó Resolución el SPEE declarando la percepción indebida de prestaciones por desempleo en cuantía de 7.269,60 euros por el periodo 1/1/2006 a 30/7/2007 por el motivo de extinción del derecho por dejar de reunir los requisitos para su percepción, habiendo generado cobro indebido, según las declaraciones de IRPF de los años 2006 y 2007, tiene rentas que superan el 75% del salario mínimo interprofesional, acordando igualmente extinguir la percepción de la prestación o subsidio reconocidos, no pudiendo acceder a ninguna prestación o subsidio que pudiera corresponder por el agotamiento del derecho extinguido.

DÉCIMO

El actor fue requerido mediante comunicación del SPEE de 10/5/2007 la presentación de la Declaración de Renta (IRPF) de los ejercicios 2005 y 2006; requerimiento que se reiteró por comunicación de 2/8/2007.

UNDÉCIMO

Se agotó la vía administrativa previa."

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se estimó parcialmente la demanda formulada por la parte actora.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante. Tal recurso fue...

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