STSJ Cataluña 112/2011, 4 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha04 Febrero 2011
Número de resolución112/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA. BARCELONA

Recurso de apelación contra sentencias nº 145/2010

Partes: Juan Pablo

C/ SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 112

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Emilio Berlanga Ribelles

Doña Núria Clèries Nerín

Doña Mª Pilar Rovira del Canto

Don Javier Bonet Frigola

Doña Mª Mercedes Delgado López

En la ciudad de Barcelona, a cuatro de febrero de dos mil once.

VISTOS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 145/2010, interpuesto por Juan Pablo, representado por el Procurador de los Tribunales ANTONIO CARDENAS OLIVARES y asistido de Letrado, contra SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representado y defendido por ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente el Excmo. Sr. Presidente de la Sala D. Emilio Berlanga Ribelles, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Barcelona, dictó en el recurso contencioso-administrativo nº 161/2009, la sentencia nº 104 de fecha 14 de abril de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "DESESTIMAR el presente recurso contencioso administrativo núm. 161/2009-3 interpuesto por Juan Pablo, bajo la representación procesal y defensa letrada especificada al inicio, contra la actuación administrativa sancionadora a la que se refieren las presentes actuaciones, por no resultar la misma disconforme a derecho; sin imposición de costas. ".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, siendo parte apelante Juan Pablo, y apelada SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA.

TERCERO

Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 3 de febrero de 2011.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 14 de abril 2010 y en procedimiento abreviado nº 161/ 2009, el Juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Barcelona dictó sentencia desestimando el recurso interpuesto por el súbdito nepalí Juan Pablo contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona de 15 junio de 2009 que decretaba su expulsión y prohibición de entrada en territorio español por tres años.

Contra esta resolución se alza en apelación la parte actora, interesando la revocación de la misma y la anulación de la sanción de expulsión y su sustitución por otra más proporcionada de multa económica

Por contra, el Abogado del Estado, comparecido en nombre y representación de la Administración apelada, interesa la confirmación de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Sin formular una crítica razonada de la sentencia que en apelación recurre, la parte apelante reitera en el escrito de formalización de su recurso aquellos argumentos que ya expuso en su escrito de demanda como fundamento de su pretensión anulatoria de la resolución sancionadora impugnada: la falta de motivación y de proporcionalidad.

Bastaría ello para desestimar el presente recurso de apelación, puesto que es doctrina reiterada de esta Sala, que recoge la que también es constante del Tribunal Supremo, la que señala que el recurso de apelación, en cuanto entendido como un proceso especial por razones jurídico-procesales, cuya finalidad es la depuración de un resultado procesal obtenido con anterioridad, tiene como trámite fundamental el de las alegaciones de la parte apelante, que con su critica de la sentencia apelada concreta los aspectos y fundamentos de su disconformidad con aquella. De manera que, como se señala en la sentencia del TS de 22 de diciembre de 1998, es la crítica de la sentencia apelada la que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR