SAP Orense 54/2011, 7 de Febrero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 54/2011 |
Fecha | 07 Febrero 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
OURENSE
SENTENCIA: 00054/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de OURENSE
Domicilio: PZA. CONCEPCION ARENAL, 1
Telf: 988687072/988687068
Fax: 988687075
Modelo: 213100
N.I.G.: 32054 43 2 2010 0009328
ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000260 /2010- T
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de OURENSE
Procedimiento de origen: JUICIO RAPIDO 0000363 /2010
RECURRENTE: Pablo Jesús
Procurador/a: CAMILO ENRIQUEZ NAHARRO
Letrado/a: MARCOS HUIDOBRO VEGA
RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL, Nicolasa
Procurador/a:, UXÍA RIOS TESOURO
Letrado/a:, SONIA GIL MARTINEZ
SENTENCIA Nº 54/11 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------ILMOS/AS. SRES/SRA.:
Presidenta:
Dña. ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE
Magistrados/as:
DON MANUEL CID MANZANO
Dña. AMPARO LOMO DEL OLMO ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En OURENSE, a SIETE de FEBRERO de DOS MIL ONCE. Vistos, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de OURENSE el Rollo de apelación número 260/10, relativo al recurso de apelación interpuesto por Pablo Jesús, representado por el Procurador CAMILO ENRÍQUEZ NAHARRO y asistido por el Letrado MARCOS HUIDOBRO VEGA, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número Uno de Ourense; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente, y como parte recurrida Nicolasa, representada por la Procuradora UXÍA RÍOS TESOURO y asistida por la Letrada SONIA GIL MARTÍNEZ, y el MINISTERIO FISCAL, actuando como Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE.
En el acto del juicio oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 30 de septiembre 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1. Que debo condenar y condeno al acusado Pablo Jesús como autor criminalmente responsable de un delito de QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA, concurriendo la atenuante de embriaguez, a la pena de:
- Seis meses de prisión
- Inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena
- Pago de las costas ocasionadas.
2. Le será de abono para el cumplimiento de dicha condena el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa. (...)
Y los siguientes HECHOS PROBADOS:
"Se declaran probados los siguientes hechos:
Al acusado Pablo Jesús, nacido el 4 de enero de 1981, con D.N.I. NUM000, con antecedentes penales no computables en esta causa, fue condenado por sentencia de 29 de diciembre de 2009, firme el 26 de abril de 2010, dictada en éste mismo Juzgado, en el Procedimiento Abreviado nº 216/09 entre otras a la pena de prohibición de aproximarse a Nicolasa, a su domicilio o a su centro de trabajo así como de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante dos años, pena que se comenzó a cumplir el 28 de junio de 2010.
No obstante lo anterior, el acusado, incumpliendo con ello el contenido de la resolución judicial a sabiendas y sin causa que lo justifique, sobre las 12.45 del día 10 de septiembre de 2010 se dirigió al colegio Santo Ángel sito en la calle Villa Real de Orense dónde se encontraba su ex pareja Nicolasa esperando a que saliera del colegio su hija Laura, sin que el acusado al verla abandonara el lugar antes bien al salir la niña del colegio se acercó a ésta y a Nicolasa agarrando a la menor por un brazo con intención de llevársela.
El acusado en el momento de los hechos se encontraba bajo la influencia de bebidas...
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