SAP Valladolid 43/2011, 2 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución43/2011
Fecha02 Febrero 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

VALLADOLID

SENTENCIA: 00043/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4 de VALLADOLID

Domicilio: C/ ANGUSTIAS Nº 21

Telf: 983 458332

Fax: 983 310 333

Modelo: 213100

N.I.G.: 47186 51 2 2009 0201746

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000037 /2011

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de VALLADOLID Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000340 /2009 RECURRENTE: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

RECURRIDO/A:

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA Nº 43/2011

Ilmos.Sres.Magistrados:

D. JOSE LUIS RUIZ ROMERO

D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA

DÑA.MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO

En VALLADOLID, a 2 de febrero de 2011

La Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal, dimanante del JDO. DE LO PENAL nº DOS de VALLADOLID, por delito de desobediencia y falta de hurto, seguido contra, Hilario y Margarita, siendo partes, como apelante el Ministerio Fiscal, y como apelados, los referidos acusados, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS RUIZ ROMERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sra. Juez del JDO. DE LO PENAL nº Dos de VALLADOLID, con fecha 8.11.10, dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos:

Que sobre las 0,00 horas del día 8/3/2007, fueron sustraídos del interior del vehículo es .... VDK propiedad de Agueda, que se encontraba estacionado en la C/ Maldonado de Valladolid con la ventanilla derecha bajada, varios CDs y una bolsa de herramientas valoradas pericialmente en un valor inferior a 400 euros, que no han sido recuperados y por los que nada reclama su propietaria.

Poco después una patrulla de la Policía Nacional pidió a los aquí acusados Margarita y Hilario, ambos mayores de edad y carentes de antecedentes penales, que e identificaron cuando estaban entrando ene l portal del edificio donde vivían situado en la calle DIRECCION000 Nº NUM000 de esta ciudad subiendo Hilario hacia la vivienda mientras que condensa se puso en medio de la puerta impidiéndole el paso. Por ello solicitaron a Margarita que se identificara, haciéndolo ésta y posteriormente identificaron al otro acusado, Hilario, marchándose del lugar la Policía tras indicarles que iban a proceder a denunciarlos.

Durante el transcurso del incidente ocurrido en el portal con Margarita uno de los miembros de la patrulla de la Policía Nacional, el Nº NUM001, resultó lesionado sufriendo traumatismo en el tendón de Aquiles izquierdo habiendo necesitado tratamiento médico para su curación consistente en antiinflamatorio, frío y reposo, seguido de rehabilitación, precisando 24 días apara la curación de sus lesiones, de os cuales 19 fueron incentivos para sus ocupaciones habituales y quedándole como secuela un dolor valorable en dos puntos, lesiones por las que nada reclama el perjudicado.

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

Que debo absolver y absuelvo a la acusada Margarita de la falta contra el orden público, del delito de lesiones y la falta de un hurto por los que venía siendo acusada y al también acusado Hilario de la falta contra el orden público y de la falta de hurto...

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