SAP Santa Cruz de Tenerife 108/2011, 26 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución108/2011
Fecha26 Febrero 2011

SENTENCIA

Presidente

D./Da. JOAQUIN LUIS ASTOR LANDETE

Magistrados

D./Da. ANGEL LLORENTE FERNANDEZ DE LA REGUERA

D./Da. JAIME REQUENA JULIANI (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de febrero de 2011.

Visto ante esta Audiencia Provincial la Causa correspondiente al rollo de apelación número 137/2010, de la causa número 308/09, seguida por los trámites del Procedimiento Abreviado en el Juzgado de lo Penal número seis de Santa Cruz de Tenerife, habiendo sido partes apelantes, de un lado, el Ministerio Fiscal; y de otro, Anibal, representado por la Procuradora Sra. Melián Carrillo y defendido por la Letrada Sra. Hernández Borges. Es ponente el Ilmo. Sr. D. JAIME REQUENA JULIANI.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Ilmo Sr. Magistrado, Juez del indicado Juzgado de lo Penal, se dictó sentencia en fecha 7 de junio de 2010 con los siguientes hechos probados:

ÚNICO-. Resulta probado y así se declara que el acusado Anibal, con DNI no NUM000, mayor de edad, sin antecedentes penales, fue condenado en la ejecutoria 69/2005 del Juzgado de instrucción no 3 de La Laguna a la pena de localización permanente que debía cumplir los días 9, 10, 15, 16, y 17 de Julio de 2005,pese a lo cual, el acusado, con conocimiento de la pena para la que había sido legalmente requerido, se ausentó. de su domicilio el día 9 de julio siendo localizado en la calle por la policía local

Y con la siguiente parte dispositiva:

"Que debo condenar y condeno a D. D. Anibal, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como autor criminalmente responsable de un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de catorce meses de multa con una cuota diaria de cuatro euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, todo ello con expresa imposición de costas"

Segundo

Notificada la misma, interpuso contra ella recurso de apelación el Ministerio Fiscal. El recurso se fundaba en los siguientes motivos:

  1. Infracción de Ley por inaplicación del art. 468.1 inciso primero.

    Asimismo, interpuso recurso de apelación la representación procesal de Anibal, por lo siguientes motivos:

  2. Infracción de Ley por aplicación indebida del art. 468.1 CP .

  3. Infracción de Ley por inaplicación del art. 21.6 CP .

  4. Infracción de Ley por aplicación incorrecta del art. 123 CP . Tercero.- Una vez recibidos los Autos en esta Sección, formado el rollo de Apelación núm. 137/2010, se senaló su votación y fallo, quedando los Autos vistos para Sentencia.

    HECHOS PROBADOS.

    Único. Se dan por reproducidos los de la Resolución recurrida, que se aceptan en su integridad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal.

Primero

Sostiene el Ministerio Fiscal que la pena quebrantada (de localización permanente) es una pena privativa de libertad, por lo que su quebrantamiento debió haber sido sancionado conforme a lo previsto en el art. 468.1 inciso primero CP, es decir, con una pena de prisión y no con una pena de multa.

El recurso no puede ser estimado.

El supuesto agravado que regula el primer inciso del art. 468.1 CP debe entenderse reservado a los supuestos en los que, como indica la Instrucción 3/1999 FGE "la privación de libertad es efectiva, de suerte que el quebrantamiento de aquélla exija del autor eludir las medidas de contención que delimitan el espacio físico en que aquella restricción de libertad se hace realidad". Por esta razón, se ha excluido la aplicación del subtipo agravado en los casos de quebrantamiento de penas de localización permanente que se cumplen en el propio domicilio (cfr. SAP Santa Cruz de Tenerife 6-3-2009 ), o en los casos en los que no consta que el quebrantamiento se produjera durante el cumplimiento efectivo de la pena de prisión ( SAP Santa Cruz de Tenerife de 3-9-2010 ),

Recurso interpuesto por Anibal .

Segundo

El primer motivo del recurso afirma que se ha infringido el art. 24 CE, por cuanto la sentencia se funda en la valoración de...

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