SAP Valencia 444/2007, 12 de Septiembre de 2007
Ponente | JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO |
ECLI | ES:APV:2007:2635 |
Número de Recurso | 399/2007/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 444/2007 |
Fecha de Resolución | 12 de Septiembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª |
444/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN UNDÉCIMA
VALENCIA
NIG: 46250-37-2-2007-0002310
Procedimiento: Recurso de apelación Nº 399/2007- L -
Dimana del Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) Nº 000021/2007
Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 15 DE VALENCIA
Apelante: D. Pedro Miguel.
Procurador.- AMALIA TOMAS RODRIGUEZ.
Apelado: D. Oscar Dª Lidia
Procurador.- NURIA BERENGUER ORTS.
SENTENCIA Nº 444/2007
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Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente
D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO
Magistrados/as
DÑA. SUSANA CATALAN MUEDRA
D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA
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En Valencia, a doce de septiembre de dos mil siete.
Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO, los autos de Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) 21/2007, promovidos por D. Pedro Miguel contra D. Oscar y Dª Lidia sobre "resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Pedro Miguel, representado por el Procurador Dña. AMALIA TOMAS RODRIGUEZ y asistido del Letrado D. IGNACIO AGUADO GIMENEZ contra D. Oscar y Dª Lidia, representado por el Procurador Dña. NURIA BERENGUER ORTS y asistido del Letrado D. DAVID ENRIQUE PRIETO RAMIREZ.
El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 15 DE VALENCIA, en fecha 28 de febrero de de 2007 en el Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) 21/2007 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda y en su consecuencia absolver a la parte demandada de los pedimientos de la demanda todo ello con expresa condena en costas a la parte actora.", aclarada por auto de fecha 16 de marzo de 2007, conteniendo el siguente pronunciamiento: "PARTE DISPOSITIVA: SE ACLARA la sentencia de fecha 28/2/07 en el sentido de dejar sin efecto el segundo párrafo del Fundamento II, por tratarse de un error informático, que dice así: "En efecto, consta en autos (folios 16 y ss.) que la propietaria de la vivienda litigiosa apoderó notarialmente al apelante para, entre otras muchas funciones "administrar sus bienes inmuebles", "construir, modificar, extinguir, liquidar contratos de todo tipo, particularmente de arrendamiento" y "desahuciar inquilinos". Estaría así el actor cumpliendo los términos de su mandato".
Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de D. Pedro Miguel, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de D. Oscar y Dª Lidia. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 10 de Septiembre de 2007.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Habiéndose celebrado con fecha 1 de junio de 2005 contrato de arrendamiento de una vivienda sita en la C/ DIRECCION000 nº NUM000, puerta NUM001 de Valencia, actuando D. Pedro Miguel como administrador-arrendador y D. Oscar y Dña. Lidia como arrendatarios, como quiera que éstos dejaron de pagar la renta, por...
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