AAP Baleares 34/2011, 17 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución34/2011
EmisorAudiencia Provincial de Baleares, seccion 3 (civil)
Fecha17 Marzo 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 PALMA DE MALLORCA

AUTO: 00034/2011

ROLLO Nº 16/2011

A U T O Nº 34

ILMOS SRS.

PRESIDENTE:

D. Carlos Gómez Martínez.

MAGISTRADOS:

D. Guillermo Rosselló Llaneras.

Dña. Catalina María Moragues Vidal.

Palma de Mallorca, a diecisiete de marzo de dos mil once.

VISTOS por la Sección 3ª de esta

Audiencia Provincial, en grado de

apelación, los presentes autos, pieza separada de medidas cautelares, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de

Ibiza, bajo el nº 1.156/10, Rollo de Sala nº 16/11, en virtud de recurso interpuesto por la parte actora doña Rosalia y

don Evaristo, representada por el procurador don José López López y asistida de la

letrada doña María Antonia

Arbona Colom.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado D. Guillermo Rosselló Llaneras.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada Jueza del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ibiza, en fecha 15 de noviembre de 2010, se dictó auto, cuya parte dispositiva dice: "Inadmitir a trámite la demanda en solicitud de adopción de medidas cautelares, formulada por el procurador Sr. José López López, en nombre y representación de Doña. Rosalia y Evaristo, frente al Sr. Lucas, por los motivos expuestos en los fundamentos de de derecho de esta resolución que aquí se dan por reproducidos.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte actora, que fue admitido, y seguido el procedimiento por sus trámites, se señaló para deliberación, votación y resolución el día 17 de marzo del presente año; quedando el presente recurso concluso para dictar la correspondiente resolución.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución apelada en lo que no se opongan a los que siguen

PRIMERO

Los súbditos italianos doña Rosalia y don Evaristo, madre y hermano del causante don Jose Carlos fallecido en Ibiza el 21 de noviembre de 2007, formularon demanda de juicio ordinario contra el heredero testamentario don Lucas, interesando sentencia por la que se declare que la madre tiene derecho a percibir su cuota legitimaria de la herencia de su esposo, rectius hijo, prevista en el derecho italiano, cuyo cómputo se debe hacer a partir del inventario y avalúo de los bines que componen el caudal relicto, con más los intereses legales desde la muerte del causante; y el hermano el derecho a percibir la...

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