STSJ Comunidad Valenciana 1295/2011, 26 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Abril 2011
Número de resolución1295/2011

PROCESO Nº 5/2011

PROCESO NÚM. 5 de 2011

Ilmo. Sr. D. Juan Luis de la Rúa Moreno

Presidente

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

En Valencia, a veintiséis de Abril de dos mil once.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NÚM. 1295/2011

Habiendo visto los Ilmos. Srs. referenciados al margen los presentes autos sobre Conflicto Colectivo, instados por la FEDERACIÓN METAL CONSTRUCCIONES Y AFINES DE UGT PAV representada por la Letrada Dª Isabel Gómez Valls y por la FEDERACIÓN CONSTRUCCIÓN MADERA Y AFINES DE CCOO PV (FECOMA) representada por su Secretario General D. Eusebio y asistida por el Letrado D. José Antonio Peguero Perales, contra la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA FABRICANTES AZULEJOS Y PAVIMENTOS CERÁMICOS representada por la Letrada Dª Josefina Rodríguez García, siendo Ponente el Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 8 de marzo de 2011 tuvo entrada en esta Sala de lo Social escrito de D. Augusto, Secretario General de la Federación de Metal, Construcción y afines de U.G.T.-PV y de D. Eusebio, Secretario General de la Federación de Construcción, Madera y Afines de CC.OO:-PV, interponiendo demanda sobre Conflicto Colectivo, contra la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FABRICANTES DE AZULEJOS Y PAVIMENTOS CERÁMICOS (ASCER).

SEGUNDO

Que dictándose Decreto, teniendo por interpuesta demanda por Conflicto Colectivo, se designó Ponente y se señaló fecha para los actos de conciliación y juicio que fueron posteriormente suspendidos y señalados para el día 18 de abril de 2011 en cuya fecha y tras el intento del acto de conciliación sin efecto, se celebró el acto de juicio al que comparecieron las partes de la siguiente forma: la Federación Metal Construcciones y Afines de UGT-PV asistidas por la Letrada Dª Isabel Gómez Valls y la Federación Construcción Madera y Afines de CCOO.-PV asistida por el Letrado D. José Antonio Peguero Perales y la demandada Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos lo hizo asistida por la Letrada Dª Josefina Rodríguez García. En dicho acto los actores alegaron lo que a su derecho convino; y en cuanto a la parte demandada alegó la excepción de cosa juzgada, así como prescripción e inadecuación de procedimiento a cuyas excepciones se opuso la parte actora, practicándose prueba propuesta y elevando a definitivas sus conclusiones en los términos que constan en el Acta levantada al efecto.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO

Por la representación letrada de la Federación del Metal, Construcción y Afines del Sindicato UGT-PV y la Federación de Construcción, Madera y Afines del Sindicato CCOO- PV, se ha formulado demanda de Conflicto Colectivo contra la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos (ASCER), en la que se solicita sentencia por la que se declare que las tablas salariales de aplicación para el año 2008 en el ámbito de Convenio Colectivo para la Industria de Azulejos, Pavimentos y Baldosas Cerámicas de la Comunidad Valenciana son las que inicialmente figuran en el Anexo I del texto del Convenio 2008-2011, al no haber lugar a la revisión de las mismas por no haber superado el IPC real de 2008 el previsto inicialmente por el Gobierno, y consecuentemente el incremento del 2,5% de las tablas para 2009 se calcule sobre esas tablas salariales iniciales de 2008, condenando a la Asociación demandada a estar y pasar por esta declaración.

SEGUNDO

El Convenio Colectivo para la Industria de Azulejos, Pavimentos y Baldosas Cerámicas de la Comunidad Valenciana, cuyo ámbito territorial es el de la citada comunidad autónoma, y que tiene un ámbito temporal comprendido desde el 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2011, fue suscrito por la Asociación Española de fabricantes de azulejos y pavimentos cerámicos (ASCER) y por las centrales sindicales MCAUGT-PV y FECOMA-CCOO-PV el día 13 de junio de 2008.

TERCERO

En anterior proceso de Conflicto Colectivo, tramitado en esta Sala con el número 10/2009, entre las mismas partes, se dictó sentencia de fecha 3 de noviembre de 2009 en la que se desestimaba la demanda que solicitaba que se declare que las tablas salariales de aplicación en el ámbito del citado Convenio, para el año 2009, es el resultante de incrementar las tablas salariales de 2008 en un porcentaje equivalente al 2,5%. Recurrida por los sindicatos actores fue casada, anulando sus pronunciamientos, por la STS de 13 de julio 2010 (rec. 1/2010 ), dictándose en su lugar otra por la que se estima la demanda declarando que las tablas salariales de aplicación en el ámbito del Convenio Colectivo para la Industria de Azulejos, Pavimentos y Baldosas Cerámicas de la Comunidad Valenciana para el año 2009 es el resultante de incrementar las tablas salariales de 2008 en un porcentaje equivalente al 2,5%, debiendo las empresas afectadas cumplir cuantas obligaciones se deriven para ellas de tal declaración.

CUARTO

En fecha 25-1-2010 se reunieron las partes pactando de forma provisional las tablas salariales para los años 2008, 2009 y 2010 aplicando el...

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