STSJ Comunidad Valenciana 271/2011, 6 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución271/2011
Fecha06 Abril 2011

RECURSO DE APELACION - 000113/2009

N.I.G.: 46250-33-3-2009-0001360

Rollo de apelación num. 113/09

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Sentencia número 271 /2.011

Ilmos. Sres.

Presidente

Don Mariano Ferrando Marzal

Magistrados

Don Ricardo Fernández Carballo Calero

Don Rafael S. Manzana Laguarda

_____________________________

En la Ciudad de Valencia, a seis de abril de dos mil once.-VISTO por este Tribunal, el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 113/09, interpuesto por la GENERALITAT, contra la Sentencia num. 417/2008, de 24/septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valencia, en el recurso número 473/07 ; y habiendo sido partes en el recurso, la referida Administración apelante y como apelada, Dª. Fidela ; y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Rafael S. Manzana Laguarda, quien expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de instancia se dictó la Sentencia a la que se ha hecho referencia, y cuyo fallo, estima parcialmente el recurso y dispone literalmente: " 2º.- Se declara contraria a derecho y anula tal resolución, con el reconocimiento de la situación jurídica individualizada de la actora de su derecho a continuar en la misma situación en la que se encontraba manteniendo la reserva del puesto que desempeñaba con carácter interino en la fecha 20 de diciembre de 2007. Se desestima el recurso en todo lo demás ".

SEGUNDO

Por la GENERALITAT se interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia, y tras efectuar las alegaciones que estimó oportunas, solicitó que se dictase sentencia por la que se revocara el pronunciamiento contenido en la dictada por el Juzgado de Instancia y se acogieran sus pretensiones.

TERCERO

El Juzgado de instancia proveyó admitiendo el recurso y dio traslado del mismo a la parte apelada para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición; cumplido este trámite, se remitieron a este Tribunal los autos, expediente administrativo y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para su votación y fallo el día veintitrés de marzo último, en cuya fecha tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente obtuvo el 4/marzo/2002 nombramiento interino para el desempeño de una plaza vacante de fisioterapeuta en el Hospital General Universitario de Alicante, incorporándose en esa misma fecha.

Mediante Resolución de 20/diciembre/2004 del Director General de Recursos Humanos, se declaró su excedencia para el cuidado de hijos; esta situación conllevaba el derecho a la reserva de su puesto de trabajo por un periodo no superior a tres años, salvo que se extinguiera su nombramiento temporal por causas prefijadas en el mismo.

Sin embargo, a través...

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