STSJ Comunidad Valenciana 271/2011, 6 de Abril de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 271/2011 |
Fecha | 06 Abril 2011 |
RECURSO DE APELACION - 000113/2009
N.I.G.: 46250-33-3-2009-0001360
Rollo de apelación num. 113/09
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
Sentencia número 271 /2.011
Ilmos. Sres.
Presidente
Don Mariano Ferrando Marzal
Magistrados
Don Ricardo Fernández Carballo Calero
Don Rafael S. Manzana Laguarda
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En la Ciudad de Valencia, a seis de abril de dos mil once.-VISTO por este Tribunal, el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 113/09, interpuesto por la GENERALITAT, contra la Sentencia num. 417/2008, de 24/septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valencia, en el recurso número 473/07 ; y habiendo sido partes en el recurso, la referida Administración apelante y como apelada, Dª. Fidela ; y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Rafael S. Manzana Laguarda, quien expresa el parecer de la Sección.
Por el Juzgado de instancia se dictó la Sentencia a la que se ha hecho referencia, y cuyo fallo, estima parcialmente el recurso y dispone literalmente: " 2º.- Se declara contraria a derecho y anula tal resolución, con el reconocimiento de la situación jurídica individualizada de la actora de su derecho a continuar en la misma situación en la que se encontraba manteniendo la reserva del puesto que desempeñaba con carácter interino en la fecha 20 de diciembre de 2007. Se desestima el recurso en todo lo demás ".
Por la GENERALITAT se interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia, y tras efectuar las alegaciones que estimó oportunas, solicitó que se dictase sentencia por la que se revocara el pronunciamiento contenido en la dictada por el Juzgado de Instancia y se acogieran sus pretensiones.
El Juzgado de instancia proveyó admitiendo el recurso y dio traslado del mismo a la parte apelada para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición; cumplido este trámite, se remitieron a este Tribunal los autos, expediente administrativo y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para su votación y fallo el día veintitrés de marzo último, en cuya fecha tuvo lugar.
En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.
La recurrente obtuvo el 4/marzo/2002 nombramiento interino para el desempeño de una plaza vacante de fisioterapeuta en el Hospital General Universitario de Alicante, incorporándose en esa misma fecha.
Mediante Resolución de 20/diciembre/2004 del Director General de Recursos Humanos, se declaró su excedencia para el cuidado de hijos; esta situación conllevaba el derecho a la reserva de su puesto de trabajo por un periodo no superior a tres años, salvo que se extinguiera su nombramiento temporal por causas prefijadas en el mismo.
Sin embargo, a través...
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