SAP Valencia 278/2011, 1 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha01 Abril 2011
Número de resolución278/2011

ROLLO Nº 000002/2011

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA 278/11

Ilustrísimos Sres .:

Presidente,

Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente: D.JOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA ESPAÑA

Magistrados/as:

D.CARLOS ESPARZA OLCINA

Dª ANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ

En Valencia a uno de abril de dos mil once

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Procedimiento para determinar la necesidad de asentimiento en la adopción nº 000251/2010, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 26 DE VALENCIA, entre partes, de una como demandante, Guillerma representado por el Procurador Dª ANA MUÑOZ MARTINEZ y defendido por la Letrada OLGA MARIA ZORITA LAZARO y de otra como demandada, GENERALITAT VALENCIANA (Consellería de Bienestar Social) representada por el Letrado D. Antonio Baixauli Fernández, con intervención del Ministerio Fiscal, representado por Dª Josefina Sánchez Cabello.

Es ponente la Iltrma. Sra. Magistrada Dª. ANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia nº 26 de Valencia, en fecha 27 de septiembre de 2010 se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que debo declarar y declaro a Dª Guillerma incursa en causa legal para la privación de la patria potestad de su hijo Patricia, y, por ende, que no es necesario su asentimiento para la adopción del menor, sin imposición de las costas causadas en este procedimiento, mandando continuar el expediente de adopción una vez firme esta resolución".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia por la representación procesal de Dª Guillerma se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia, y previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose para la deliberación, votación y fallo del recurso el día 7.3.11, fecha en que ha tenido lugar.

TERCERO

Se han observado sustancialmente las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia, en procedimiento sobre necesidad de asentimiento en la adopción, desestimó la demanda formulada por la Sra Guillerma contra la Conselleria de Bienestar Social, en la que pretendía que se declarase que era necesario su asentimiento en relación con el procedimiento de adopción que se estaba tramitando respecto del hijo menor de la demandante, Patricia, nacido el día 1.9.2006.

La demandante-recurrente alego que había tenido qu e separarse de sus hijos menores al ingresar en prisión, igual que su marido, no teniendo con quién dejarlos habien solicitado el acogimiento de sus tres hijos menores entre los que se encontraba Patricia, tratándose de una situación temporal. Alegó tambien que había solicitado regimen de visitas, que le habia sido desestimado, habiendo tenido siempre interes en tener consigo a su hijo.

Alegó que la resolucion de la Dirección Territorial de Bienestar Social de 4 de junio de 2008 había declarado al menor en situación de desamparo, con acogimiento residencial y la resolución de 8 de enero de 2009 había acordado cesar aquel, decidiendo el acogimiento preadoptivo, alegando que esta medida tenían por objeto la guarda y no llevaba consigo, de forma automática, la privación de la patria potestad, y que no estaba privada de la patria potestad ni incursa en causa para ello, por lo que era necesario su asentimiento para la adopcion.

SEGUNDO

El objeto del presente procedimiento, conforme a lo previsto en el art. 781 LEC, es determinar si es necesario el asentimiento de la demandante en la adopción de su hijo menor o procede...

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