SAP Vizcaya 249/2011, 1 de Abril de 2011
Ponente | IGNACIO OLASO AZPIROZ |
ECLI | ES:APBI:2011:301 |
Número de Recurso | 553/2010 |
Procedimiento | RECURSO APELACIóN INCAPACITACIóN LEC 2000 |
Número de Resolución | 249/2011 |
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA Sección 4ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001 Tfno.: 94-4016665
Fax: 94-4016992
N.I.G. 48.01.2-09/001267
A.incapacidad L2 553/10
O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 4 (Durango)
Autos de Incapacitación 177/09
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Recurrente: Primitivo
Procurador/a: MONTSERRAT COLINA MARTINEZ Recurrido:
Procurador/a:
SENTENCIA Nº 249/11
ILMOS/AS. SRES/AS.
D.ª ANA BELÉN IRACHETA UNDAGOITIA
D. IGNACIO OLASO AZPIROZ
Dª LOURDES ARRANZ FREIJO
En BILBAO (BIZKAIA), a 1 de abril de 2011
Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba indicados, el procedimiento INCAPACITAC.L2 177/09 procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Durango. Como Primitivo, Valentín (incapaz), Vidal (tutor). Con la intervención del Ministerio Fiscal, ni se opone al recurso ni impugna la resolución de primer instancia.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada en cuanto se relacionan con la misma.
Que la sentencia de instancia de fecha 20 de noviembre de 2009 es de tenor literal siguiente:
"PARTE DISPOSITIVA: Fiscal, contra D . Valentín,
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DEBO DECLARAR Y DECLAROa éste último en el ESTADO CIVIL DE INCAPACITACIÓN TOTAL:
· ·para gobernarse por sí mismo, debiendo quedar en los actos de su vida cotidiana tanto laborales, sociales como de cuidado de su persona sometido a supervisión general del tutor, que podrá decidir por él, entre otras cosas, acerca de las medidas terapéuticas más adecuadas al efecto, y
· ·para la administración y disposición de sus bienes.
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La persona declarada incapaz quedará sometida a tutela, para la protección y guarda de su persona y bienes.
Se DESIGNA PARA EL CARGO DE TUTOR, a su hijo D. Vidal a quien una vez firme la presente, se hará saber el nombramiento para que sin demora comparezca ante este Juzgado a fin de aceptar y jurar o prometer el cargo, darle posesión del mismo y proveerle del correspondiente título.
Se priva expresamente a la persona declarada incapaz del derecho al sufragio activo y pasivo poniéndose en conocimiento de la Oficina del Censo Electoral en el que figura inscrita.
No se hace expresa declaración sobre las costas causadas".
Notificada dicha Resolución a las partes, por la representación de la demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 553/10 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.
Hecho el oportuno señalamiento, la vista del recurso se celebró ante la Sala el pasado 23 de marzo de 2011.
Terminado el acto, quedaron las actuaciones sobre la mesa del tribunal para la deliberación y resolución. CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO OLASO AZPIROZ.
La sentencia dictada por el juzgado de instancia declaró la incapacidad total de D. Valentín
, estimando así la demanda formulkada por el Ministerio Fiscal; y, como medida complementaria, designó para el cargo de tutor a D. Vidal, hijo del anterior.
El recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del declarado incapaz se refiere tan solo a este último pronunciamiento, mostrando su disconformidad con el mismo e interesando que la función de tutor sea desempeñada por otro hijo llamado D....
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