SAP Girona 224/2011, 23 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución224/2011
Fecha23 Mayo 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA

SECCION SEGUNDA

Rollo de apelación civil: nº 192/2011

Proviene: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 PUIGCERDÀ

Procedimiento: nº 577/2009

Clase: juicio verbal (desahucio por falta de pago)

SENTENCIA 224/ 2011 .

Ilmos. Sres:

PRESIDENTE

D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO

MAGISTRADOS

D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT

D. JAUME MASFARRE COLL

Girona, a veintitres de mayo de dos mil once.

En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelante Dña. Sara Y HERMANAS EL ASSRI,SCP, representadas por el Procurador D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS y defendidas por la Letrado Dña. JUDIT LUCAS FAUCHS.

Ha sido parte apelada HOSPITAL PARTICULAR DE PUIGCERDA Y Dña. Carlota, que no han comparecido en esta alzada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de Dña. Carlota y el HOSPITAL PARTICULAR DE PUIGCERDA contra Dña. Sara y HERMANAS EL ASSRI,SCP

SEGUNDO

La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva:

" Procede ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por D. EDUARD RUDE BROSA, en nombre y representación de HOSPITAL PARTICULAR DE PUIGCERDA y Dña. Carlota, contra la demandada Dña. Sara y HERMANAS EL ASSRI, SCP, en situación de rebeldía, y en consecuencia:

  1. - Procede DECLARAR RESUELTO el contrato de arrendamiento que liga al demandante con la demandada con relación al local comercial sito en la Calle Alfons I, nº 34, bajos izquierda, de Puigcerdà.

Procede condenar a la demandada a que en el término legal desaloje y deje a la libre disposición de la parte actora el mencionado inmueble, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso (la fecha del LANZAMIENTO estaba fijada para el día 17 de diciembre de 2009 a las 13.30 ). 2º.- Procede CONDENAR a la demandada a que abone al demandante la suma de 31.772,52 euros (TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS) importe correspondiente a ls mensualidades de renta vencidas e impagadas a la fecha de la presente resolución. Más los intereses legales de las referidas cantidades (calculados al tipo de interés legal del dinero),desde la fecha de interposición de la demanda.

Así mismo, se condena expresamente a la parte demandada a pagar las costas causadas en el juicio".

TERCERO

En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocimiento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.

CUARTO

En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 23 de mayo de dos mil once.

QUINTO

Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso...

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